Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024062605)
Resolución de 25 de julio de 2024, del Consejero, relativa a la modificación puntual n.º 1/2022 del Plan General Municipal de Don Benito para la división del Sector Sr-1.6, generándose los sectores Sr-1.6A, Sr-1.6B y Sr-1.6C de uso residencial (M-015).
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NÚMERO 152
Martes 6 de agosto de 2024
39688
• PLANOS: complementan gráficamente la documentación elaborada en la
• MEMORIA INFORMATIVA, detallan la ordenación en su estado actual.
• REFUNDIDO DE NORMAS.
3. R
esumen ejecutivo de la modificacion puntual 1/2022.
3.1. Tipo de instrumento del planeamiento.
Se redacta la presente modificación puntual del Plan General Municipal de Don Benito dentro del marco legal vigente. Se pretende una innovación del instrumento de planeamiento
vigente, que por no ajustarse a la definición de Revisión del artículo 50.7 de la LOTUS, se
considera modificación puntual.
No se ajusta al supuesto de revisión del 103 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el
que se aprueba el reglamento de Planeamiento de Extremadura, en adelante RPLANEX,
que se aplica supletoriamente y en lo que sea compatible con la presente Ley en base a la
disposición transitoria decimoquinta de la LOTUS, mientras no se produzca su derogación
por el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final primera.
3.2. Objetivos de la modificación puntual.
El objeto principal de esta modificación es la división del Sector 1.6 del PGM de Don Benito
en tres sectores proporcionales en cuanto a su aprovechamiento urbanístico, ya que debido a la ralentización de la promoción de viviendas y a las dificultades en el desarrollo de
suelo urbanizable se hace imposible acometer sectores, en esta zona, con una superficie
de suelo tan extensa y con tal previsión de viviendas. Pretendemos hacer sostenible el
crecimiento de suelo residencial y adaptarlo a la demanda actual.
Los objetivos de las modificaciones normativas propuestas en la presente ordenación son:
• Establecer tres sectores donde la Superficie para el cálculo del Aprovechamiento Medio
(S-Am) es equitativa. Con esta premisa y los ajustes realizados con los Sistemas Generales (incluidos y adscritos) se obtienen unas determinadas superficies proporcionales.
• Conseguir en los sectores contiguos estableciendo una comunicación fluida entre ellos.
• Prever el trazado urbano y disposición aproximada de los equipamientos de ambos sectores con sus conexiones a los Sistemas Generales actuales y previendo las futuras actuaciones.
Martes 6 de agosto de 2024
39688
• PLANOS: complementan gráficamente la documentación elaborada en la
• MEMORIA INFORMATIVA, detallan la ordenación en su estado actual.
• REFUNDIDO DE NORMAS.
3. R
esumen ejecutivo de la modificacion puntual 1/2022.
3.1. Tipo de instrumento del planeamiento.
Se redacta la presente modificación puntual del Plan General Municipal de Don Benito dentro del marco legal vigente. Se pretende una innovación del instrumento de planeamiento
vigente, que por no ajustarse a la definición de Revisión del artículo 50.7 de la LOTUS, se
considera modificación puntual.
No se ajusta al supuesto de revisión del 103 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el
que se aprueba el reglamento de Planeamiento de Extremadura, en adelante RPLANEX,
que se aplica supletoriamente y en lo que sea compatible con la presente Ley en base a la
disposición transitoria decimoquinta de la LOTUS, mientras no se produzca su derogación
por el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final primera.
3.2. Objetivos de la modificación puntual.
El objeto principal de esta modificación es la división del Sector 1.6 del PGM de Don Benito
en tres sectores proporcionales en cuanto a su aprovechamiento urbanístico, ya que debido a la ralentización de la promoción de viviendas y a las dificultades en el desarrollo de
suelo urbanizable se hace imposible acometer sectores, en esta zona, con una superficie
de suelo tan extensa y con tal previsión de viviendas. Pretendemos hacer sostenible el
crecimiento de suelo residencial y adaptarlo a la demanda actual.
Los objetivos de las modificaciones normativas propuestas en la presente ordenación son:
• Establecer tres sectores donde la Superficie para el cálculo del Aprovechamiento Medio
(S-Am) es equitativa. Con esta premisa y los ajustes realizados con los Sistemas Generales (incluidos y adscritos) se obtienen unas determinadas superficies proporcionales.
• Conseguir en los sectores contiguos estableciendo una comunicación fluida entre ellos.
• Prever el trazado urbano y disposición aproximada de los equipamientos de ambos sectores con sus conexiones a los Sistemas Generales actuales y previendo las futuras actuaciones.