Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062594)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo conjunto del Programa "El ejercicio te cuida" en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en 2024.
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NÚMERO 151
Lunes 5 de agosto de 2024
39054
En lo relativo a la documentación justificativa final, hasta el día 1 de marzo de 2025, la Fundación Jóvenes y Deporte presentará ante el SEPAD:
— Certificado de la persona responsable de la entidad donde conste el importe del programa ejecutado en la anualidad 2024 y que se ha cumplido la finalidad del mismo; acompañado de las nóminas, seguros sociales referidos a los gastos de personal y rendición
de cuenta justificativa en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante,
los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la transferencia para el resto de gastos. La
cuenta justificativa deberá incluir declaración de las actividades realizadas que han sido
financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos
incurridos.
— Memoria detallada de las actuaciones financiadas correspondientes a la anualidad 2024
donde se recogerán los resultados de la evaluación efectuada, en aplicación de los
indicadores establecidos en el proyecto financiado, que permitan conocer el grado de
consecución de los objetivos establecidos y el impacto en la población destinataria del
programa, con datos desagregados por sexo y franjas de edad.
Con carácter previo a cada pago, la Fundación Jóvenes y el Deporte deberá encontrarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad Social.
Los gastos que podrán financiarse deberán haberse realizado entre el 1 de enero de 2024 y
el 31 de diciembre de 2024.
Cuarta. Incumplimiento.
El incumplimiento del objetivo, condiciones y finalidad que fundamentan la transferencia, así
como del resto de obligaciones recogidas en el presente convenio, dará lugar a la devolución
de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24.2
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
En los casos de incumplimiento parcial de las actuaciones objeto del convenio o su justificación parcial, será de aplicación el principio de proporcionalidad y se procederá a efectuar la
devolución de la cantidad no dispuesta o no justificada.
Particularmente, respecto a la justificación final, cuando de la evaluación de la documentación
de gastos y pagos presentada se desprenda que los mismos se han ejecutado por un importe
inferior al coste íntegro del proyecto, la entidad devolverá la diferencia existente entre el coste finalmente ejecutado y el importe íntegro del proyecto.
Lunes 5 de agosto de 2024
39054
En lo relativo a la documentación justificativa final, hasta el día 1 de marzo de 2025, la Fundación Jóvenes y Deporte presentará ante el SEPAD:
— Certificado de la persona responsable de la entidad donde conste el importe del programa ejecutado en la anualidad 2024 y que se ha cumplido la finalidad del mismo; acompañado de las nóminas, seguros sociales referidos a los gastos de personal y rendición
de cuenta justificativa en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante,
los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la transferencia para el resto de gastos. La
cuenta justificativa deberá incluir declaración de las actividades realizadas que han sido
financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos
incurridos.
— Memoria detallada de las actuaciones financiadas correspondientes a la anualidad 2024
donde se recogerán los resultados de la evaluación efectuada, en aplicación de los
indicadores establecidos en el proyecto financiado, que permitan conocer el grado de
consecución de los objetivos establecidos y el impacto en la población destinataria del
programa, con datos desagregados por sexo y franjas de edad.
Con carácter previo a cada pago, la Fundación Jóvenes y el Deporte deberá encontrarse al
corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado, con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura y frente a la Seguridad Social.
Los gastos que podrán financiarse deberán haberse realizado entre el 1 de enero de 2024 y
el 31 de diciembre de 2024.
Cuarta. Incumplimiento.
El incumplimiento del objetivo, condiciones y finalidad que fundamentan la transferencia, así
como del resto de obligaciones recogidas en el presente convenio, dará lugar a la devolución
de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24.2
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
En los casos de incumplimiento parcial de las actuaciones objeto del convenio o su justificación parcial, será de aplicación el principio de proporcionalidad y se procederá a efectuar la
devolución de la cantidad no dispuesta o no justificada.
Particularmente, respecto a la justificación final, cuando de la evaluación de la documentación
de gastos y pagos presentada se desprenda que los mismos se han ejecutado por un importe
inferior al coste íntegro del proyecto, la entidad devolverá la diferencia existente entre el coste finalmente ejecutado y el importe íntegro del proyecto.