Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062574)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Transformaciones Agrícolas de Badajoz, SA, en el término municipal de Villanueva de la Serena.
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NÚMERO 151
39296
Lunes 5 de agosto de 2024
IDENTIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES
N.º
Denominación
Nivel de emisión
2
Filtro
56,8 dB(A)
3
Aspiración
91,5 dB(A)
4
Ventilador torre atomización II
5
Compresores
83,2 dB(A)
6
Ventilador
92,1 dB(A)
7
Bombas
90,5 dB(A)
8
Torre de refrigeración 1
87,1 dB(A)
9
Túnel de refrigeración 2
95 dB(A)
10
Torres de refrigeración
73,9 dB(A)
11
Evaporador I
90 dB(A)
12
Evaporador II
90 dB(A)
13
Preconcentrador I
100 dB(A)
14
Torres de refrigeración
101 dB(A)
15
Torres de refrigeración
96,5 dB(A)
16
Preconcentrador III
90 dB(A)
17
Evaporador IV
90 dB(A)
18
Evaporador V
90 dB(A)
19
Preconcentrador II
100 dB(A)
93 dB(A)
2. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones (MTD 13).
3. A
efectos de la justificación de los niveles de ruidos y vibraciones admisibles, el horario de
funcionamiento de la instalación será diurno y nocturno, por tanto serán de aplicación los
límites correspondientes.
39296
Lunes 5 de agosto de 2024
IDENTIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES
N.º
Denominación
Nivel de emisión
2
Filtro
56,8 dB(A)
3
Aspiración
91,5 dB(A)
4
Ventilador torre atomización II
5
Compresores
83,2 dB(A)
6
Ventilador
92,1 dB(A)
7
Bombas
90,5 dB(A)
8
Torre de refrigeración 1
87,1 dB(A)
9
Túnel de refrigeración 2
95 dB(A)
10
Torres de refrigeración
73,9 dB(A)
11
Evaporador I
90 dB(A)
12
Evaporador II
90 dB(A)
13
Preconcentrador I
100 dB(A)
14
Torres de refrigeración
101 dB(A)
15
Torres de refrigeración
96,5 dB(A)
16
Preconcentrador III
90 dB(A)
17
Evaporador IV
90 dB(A)
18
Evaporador V
90 dB(A)
19
Preconcentrador II
100 dB(A)
93 dB(A)
2. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones (MTD 13).
3. A
efectos de la justificación de los niveles de ruidos y vibraciones admisibles, el horario de
funcionamiento de la instalación será diurno y nocturno, por tanto serán de aplicación los
límites correspondientes.