Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062575)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Tomates del Guadiana, SC, en el término municipal de Medellín.
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NÚMERO 151
39351
Lunes 5 de agosto de 2024
ANEXO III
INFORME DE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
RESOLUCIÓN
REVISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES DEPURADAS PROCEDENTES DE UNA INDUSTRIA DE FABRICACIÓN DE CONCENTRADO
DE TOMATE, AL RÍO GUADIANA, A TRAVÉS DE DESAGÜES DE RIEGO, EN EL TM DE MEDELLÍN
(BADAJOZ).
Peticionario: Tomates Del Guadiana, SOC. COOP., representada por D. Domingo Fernández
Sánchez.
Ref. Expte.: VI-011/02-BA (REV-1).
Mediante Resolución del Presidente de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG)
de fecha 13 de marzo de 2003, se autorizó a Tomates del Guadiana, Soc. Coop., para efectuar
el vertido de aguas residuales procedentes de una industria de fabricación de concentrado de
tomate, a través de desagües de riego, en el tm de Medellín (Badajoz).
Con fecha 7 de junio de 2003 entró en vigor el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por
el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI
y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
La disposición transitoria segunda del Real Decreto 606/2003 establece que el Organismo de cuenca revisará, en el plazo de dos años, las autorizaciones de vertido concedidas a la entrada en vigor
de este real decreto, para adaptarlas a lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes del RDPH.
Con fecha 18 de junio de 2004, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 147) la
ORDEN MAM/1873/2004, de 2 de junio, por la que se aprueban los modelos oficiales para la
declaración de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a la autorización de
vertido y liquidación del canon de control de vertidos regulados en el Real Decreto 606/2003,
de 23 de mayo.
Con fecha 15 de diciembre de 2005, Tomates del Guadiana, Soc. Coop., remite a este Organismo solicitud de revisión y declaración de vertido según el modelo oficial aprobado por la
referida Orden MAM/1873/2004, de 2 de junio.
Considerando que con fecha 2 de mayo de 2006 se remitió propuesta de resolución al interesado, sin que hasta la fecha se hayan recibido alegaciones a la misma, y teniendo en cuenta el
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Lunes 5 de agosto de 2024
ANEXO III
INFORME DE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
RESOLUCIÓN
REVISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA EL VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES DEPURADAS PROCEDENTES DE UNA INDUSTRIA DE FABRICACIÓN DE CONCENTRADO
DE TOMATE, AL RÍO GUADIANA, A TRAVÉS DE DESAGÜES DE RIEGO, EN EL TM DE MEDELLÍN
(BADAJOZ).
Peticionario: Tomates Del Guadiana, SOC. COOP., representada por D. Domingo Fernández
Sánchez.
Ref. Expte.: VI-011/02-BA (REV-1).
Mediante Resolución del Presidente de esta Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG)
de fecha 13 de marzo de 2003, se autorizó a Tomates del Guadiana, Soc. Coop., para efectuar
el vertido de aguas residuales procedentes de una industria de fabricación de concentrado de
tomate, a través de desagües de riego, en el tm de Medellín (Badajoz).
Con fecha 7 de junio de 2003 entró en vigor el Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, por
el que se modifica el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH), que desarrolla los Títulos preliminar, I, IV, V, VI
y VIII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
La disposición transitoria segunda del Real Decreto 606/2003 establece que el Organismo de cuenca revisará, en el plazo de dos años, las autorizaciones de vertido concedidas a la entrada en vigor
de este real decreto, para adaptarlas a lo dispuesto en los artículos 245 y siguientes del RDPH.
Con fecha 18 de junio de 2004, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 147) la
ORDEN MAM/1873/2004, de 2 de junio, por la que se aprueban los modelos oficiales para la
declaración de vertido y se desarrollan determinados aspectos relativos a la autorización de
vertido y liquidación del canon de control de vertidos regulados en el Real Decreto 606/2003,
de 23 de mayo.
Con fecha 15 de diciembre de 2005, Tomates del Guadiana, Soc. Coop., remite a este Organismo solicitud de revisión y declaración de vertido según el modelo oficial aprobado por la
referida Orden MAM/1873/2004, de 2 de junio.
Considerando que con fecha 2 de mayo de 2006 se remitió propuesta de resolución al interesado, sin que hasta la fecha se hayan recibido alegaciones a la misma, y teniendo en cuenta el