Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2024062580)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2024.
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NÚMERO 150
Viernes 2 de agosto de 2024
38910
que deje constancia fidedigna, en los casos que no pueda comprobarse de oficio por la
Administración.
5. Las solicitantes deberán declarar responsablemente lo siguiente, en el modelo normalizado
de solicitud del anexo I:
a) Que reúne los requisitos para acceder a la condición de beneficiaria y acepta las condi
ciones de la subvención.
b) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la
subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que se halla al corriente de las obligaciones con la Hacienda Autonómica, Estatal y la
Seguridad Social, de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que las subven
ciones no superen la cuantía de 3.000 euros.
d) Que conoce y da la conformidad para que los datos personales sean incluidos en fiche
ros automatizados titularidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Extremadura y utilizados conforme a lo previsto en el Regla
mento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de
los derechos digitales. Igualmente declara la conformidad para que tanto los datos de
carácter personal como el importe de la financiación pública que reciba, puedan hacerse
públicos. Asimismo, las personas interesadas podrán ejercer, los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal, de forma gra
tuita, dirigiendo una comunicación por escrito a la Dirección General que ejerza las
atribuciones relativas a calidad alimentaria.
6. S
e consultarán de oficio los datos siguientes, salvo que conste la no autorización u opo
sición por parte del interesado, en cuyo caso deberán ser aportados los correspondientes
certificados o informes acreditativos, junto con la solicitud. En el caso excepcional de que
no pudieran ser recabados por no estar habilitados los mecanismos de transmisión de da
tos entre administraciones, podrá solicitarse al interesado su aportación:
a) El órgano gestor recabará de oficio los certificados o información necesarios para la
acreditación del cumplimiento de los requisitos.
b) Datos de identidad del representante (Poder de quien actúe en representación que lo
acredite como tal, mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fi
Viernes 2 de agosto de 2024
38910
que deje constancia fidedigna, en los casos que no pueda comprobarse de oficio por la
Administración.
5. Las solicitantes deberán declarar responsablemente lo siguiente, en el modelo normalizado
de solicitud del anexo I:
a) Que reúne los requisitos para acceder a la condición de beneficiaria y acepta las condi
ciones de la subvención.
b) No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la
subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Que se halla al corriente de las obligaciones con la Hacienda Autonómica, Estatal y la
Seguridad Social, de conformidad con el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siempre que las subven
ciones no superen la cuantía de 3.000 euros.
d) Que conoce y da la conformidad para que los datos personales sean incluidos en fiche
ros automatizados titularidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Extremadura y utilizados conforme a lo previsto en el Regla
mento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de
los derechos digitales. Igualmente declara la conformidad para que tanto los datos de
carácter personal como el importe de la financiación pública que reciba, puedan hacerse
públicos. Asimismo, las personas interesadas podrán ejercer, los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal, de forma gra
tuita, dirigiendo una comunicación por escrito a la Dirección General que ejerza las
atribuciones relativas a calidad alimentaria.
6. S
e consultarán de oficio los datos siguientes, salvo que conste la no autorización u opo
sición por parte del interesado, en cuyo caso deberán ser aportados los correspondientes
certificados o informes acreditativos, junto con la solicitud. En el caso excepcional de que
no pudieran ser recabados por no estar habilitados los mecanismos de transmisión de da
tos entre administraciones, podrá solicitarse al interesado su aportación:
a) El órgano gestor recabará de oficio los certificados o información necesarios para la
acreditación del cumplimiento de los requisitos.
b) Datos de identidad del representante (Poder de quien actúe en representación que lo
acredite como tal, mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fi