Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2024081254)
Anuncio de 19 de julio 2024 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 149
Jueves 1 de agosto de 2024

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38580

ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

ANUNCIO de 19 de julio 2024 por el que se da publicidad a las ayudas
concedidas al amparo del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que
se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de
diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento,
con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas
térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se
aprueba la única convocatoria. (2024081254)
Mediante el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, modificado por el Real Decreto 377/2022,
de 17 de mayo, se establecieron las bases reguladoras de los programas de incentivos ligados
al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
El 25 de enero de 2022 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, el Decreto 145/2021,
de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la
ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento,
con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables
en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, modificado por el Decreto
54/2023, de 17 de mayo (DOE n.º 118, de 21 de junio).
El artículo 20 del citado decreto, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal electrónico de
Transparencia de la Junta de Extremadura, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial las subvenciones concedidas con la
expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención sus importes individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000 euros.