Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024062591)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 16 y 18 años, correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 148
Miércoles 31 de julio de 2024

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Orden de 17 de noviembre de 2020: 2 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.


13º. A
 efectos de valoración de este criterio y con el objeto de dar oportunidades a las
entidades sin experiencia previa, frente a las entidades cuyos resultados no hayan
sido positivos, en el caso que la entidad no hubiera ejecutado ningún proyecto en
el periodo de referencia o la suma de proyectos ejecutados sea inferior a 10 puntos: 10 puntos.

Si algún proyecto ha sido cofinanciado por entidades públicas y privadas simultáneamente, se tendrá en cuenta el tipo de entidad, a efectos de puntuación, que haya cofinanciado en mayor proporción. Si la cofinanciación otorgada por entidades públicas y
privadas es igual, se entenderá cofinanciado por entidades públicas.
Así mismo, si un proyecto ha tenido personas usuarias en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y también fuera de ella, se tendrá en cuenta a efectos de puntuación, si
hay más personas usuarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura o fuera de ella,
siendo este el criterio para valorar. En caso de que el número de personas usuarias sea
el mismo dentro y fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considerará a
efectos de puntuación, que el proyecto se ha desarrollado en Extremadura.
b) Mayor esfuerzo inversor de la entidad solicitante en la financiación total del programa.
Máximo de 5 puntos.
A tal efecto, por cada décima en el porcentaje de cofinanciación se otorgarán 0,15 puntos.
La cofinanciación deberá justificarse mediante el incremento de las acciones dirigidas
a las personas usuarias que supongan un coste en gastos de personal mayor que el
subvencionado.
c) Valoración por número de proyectos aprobados al amparo la Orden de 17 de noviembre
de 2020 o del Programa II de la Orden de 11 de diciembre de 2019 por la que se regula
el Programa de Activación del Empleo Local (PAEL). Máximo 10 puntos:


1º. Si la entidad tiene uno o más proyectos aprobados al amparo de la Orden de 17 de
noviembre de 2020 o del Programa II de la Orden de 11 de diciembre de 2019 por la
que se regula el Programa de Activación del Empleo Local (PAEL) en convocatorias
realizadas dentro del mismo ejercicio presupuestario y resueltas con anterioridad a
la publicación de la correspondiente resolución de convocatoria: 0 puntos.

2º. Si la entidad no tiene aprobados proyectos al amparo de la Orden de 17 de noviembre de 2020 o del Programa II de la Orden de 11 de diciembre de 2019 por la