Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024062543)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Auxiliares de Investigación, mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 148
Miércoles 31 de julio de 2024
38270
7.3. El orden de actuación de los aspirantes para la realización de las diferentes pruebas
se iniciará por el candidato cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo
realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, publicado a través de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
En aquellas pruebas que, por su número de aspirantes, sea necesario establecer distintos
turnos de actuación, los mismos se establecerán alfabéticamente, iniciándose por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo referido en
el párrafo anterior.
7.4. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
7.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo
excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de la Universidad de Extremadura, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
7.7. Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
7.8. Los aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición
tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se
planteen por el Tribunal.
8. Lista de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.
8.1. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por orden de
puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte
o tarjeta de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el Tribunal.
Miércoles 31 de julio de 2024
38270
7.3. El orden de actuación de los aspirantes para la realización de las diferentes pruebas
se iniciará por el candidato cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo
realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, publicado a través de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
En aquellas pruebas que, por su número de aspirantes, sea necesario establecer distintos
turnos de actuación, los mismos se establecerán alfabéticamente, iniciándose por el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo referido en
el párrafo anterior.
7.4. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.
7.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo
excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor,
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
7.6. En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de la Universidad de Extremadura, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
7.7. Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran
surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime
pertinentes.
7.8. Los aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición
tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se
planteen por el Tribunal.
8. Lista de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.
8.1. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará
pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del Tribunal y en aquellos
otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que lo hayan superado por orden de
puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte
o tarjeta de identidad. Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el Tribunal.