Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Continua. Subvenciones. (2024062585)
Extracto de la Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 148
38376
Miércoles 31 de julio de 2024
Quinto. Cuantía individualizada de la subvención.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará
mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnado programado y por el importe del módulo específico establecido para la correspondiente especialidad
formativa, según lo indicado en el anexo I de la resolución de convocatoria.
El importe del módulo económico aplicable al módulo de formación complementaria “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03), será el
establecido para la acción formativa en la que se programe.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las entidades solicitantes podrán presentar sus solicitudes dentro del plazo máximo de vigencia de la convocatoria. Dicho plazo máximo será de un año, a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, en la Orden de 27 de marzo de 2023 (DOE n.º 62, de 30 de marzo),
en la resolución de convocatoria, disponibles en el punto de acceso general electrónico de los
servicios y trámites https://www.juntaex.es, así como en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 19 de julio de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180 de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
38376
Miércoles 31 de julio de 2024
Quinto. Cuantía individualizada de la subvención.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará
mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnado programado y por el importe del módulo específico establecido para la correspondiente especialidad
formativa, según lo indicado en el anexo I de la resolución de convocatoria.
El importe del módulo económico aplicable al módulo de formación complementaria “Inserción laboral, sensibilización medioambiental y en la igualdad de género” (FCOO03), será el
establecido para la acción formativa en la que se programe.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las entidades solicitantes podrán presentar sus solicitudes dentro del plazo máximo de vigencia de la convocatoria. Dicho plazo máximo será de un año, a contar desde el día siguiente
al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario
Oficial de Extremadura, en la Orden de 27 de marzo de 2023 (DOE n.º 62, de 30 de marzo),
en la resolución de convocatoria, disponibles en el punto de acceso general electrónico de los
servicios y trámites https://www.juntaex.es, así como en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 19 de julio de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180 de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO