Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Ocupacional. Subvenciones. (2024062552)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Secretaría General, sobre aprobación de convocatoria de subvenciones del ejercicio 2024 dirigidas a entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 146

37798

Lunes 29 de julio de 2024

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Secretaría General, sobre
aprobación de convocatoria de subvenciones del ejercicio 2024 dirigidas a
entidades promotoras del Programa de Unidades de Promoción y Desarrollo
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024062552)
Mediante el Decreto 96/2016, de 5 de julio, se regulan los Programas de formación en alternancia con el empleo “Escuelas Profesionales de Extremadura” y “Unidades de Promoción y
Desarrollo”, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas
a dichos programas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm.
132, de 11 de julio), configurándose las Unidades de Promoción y Desarrollo como módulos
que colaboran en el diseño, seguimiento y evaluación de los programas de formación para el
empleo, especialmente de los de alternancia con el empleo, que se desarrollen en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura bien directamente o con el Servicio Extremeño Público de Empleo o la Consejería competente en materia de empleo y las entidades promotoras.
Por su parte, el procedimiento de concesión de las subvenciones a las entidades promotoras de
las Unidades de Promoción y Desarrollo será, como indica el artículo 56 del citado decreto, el
de concurrencia competitiva, que se ajustará a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiendo ser
publicada la misma así como su extracto de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura. La convocatoria también se publicará en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
Conforme a lo establecido en el artículo 23.1 de la ley, el procedimiento para la concesión de
estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la
persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se emite la siguiente,
RESOLUCIÓN:
Primero. Objeto.
Se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades promotoras del programa
de Unidades de Promoción y Desarrollo para el ejercicio 2024, previstas en el capítulo VI del