Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Centros Docentes Públicos. (2024062533)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba la denominación específica de "Hermanos Bravo" para el Conservatorio Profesional de Música de Don Benito (Badajoz).
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NÚMERO 146
37795
Lunes 29 de julio de 2024
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba
la denominación específica de "Hermanos Bravo" para el Conservatorio
Profesional de Música de Don Benito (Badajoz). (2024062533)
En sesión ordinaria del Consejo Escolar del Conservatorio Profesional de Música de Don Benito
(Badajoz), código 06006188, se acordó proponer la denominación de “Hermanos Bravo” para
dicho centro docente. Así mismo, el Ayuntamiento de Don Benito (Badajoz) informa favorablemente sobre dicha propuesta.
Vistos el artículo 129 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura y el
artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de
la Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
RESUELVO:
Aprobar la denominación específica de “Hermanos Bravo” para el Conservatorio Profesional de
Música de Don Benito (Badajoz), código 06006188.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Excelentísima Sra. Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por el artículo
102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados a
partir del siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que
el interesado pueda interponer aquellos que estime pertinente.
Mérida, 19 de julio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA DE LAS MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
37795
Lunes 29 de julio de 2024
RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba
la denominación específica de "Hermanos Bravo" para el Conservatorio
Profesional de Música de Don Benito (Badajoz). (2024062533)
En sesión ordinaria del Consejo Escolar del Conservatorio Profesional de Música de Don Benito
(Badajoz), código 06006188, se acordó proponer la denominación de “Hermanos Bravo” para
dicho centro docente. Así mismo, el Ayuntamiento de Don Benito (Badajoz) informa favorablemente sobre dicha propuesta.
Vistos el artículo 129 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura y el
artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de
la Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
RESUELVO:
Aprobar la denominación específica de “Hermanos Bravo” para el Conservatorio Profesional de
Música de Don Benito (Badajoz), código 06006188.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Excelentísima Sra. Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por el artículo
102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados a
partir del siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que
el interesado pueda interponer aquellos que estime pertinente.
Mérida, 19 de julio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA DE LAS MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO