Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Pymes. Ayudas. (2024062564)
Modificación del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su mejora competitiva correspondiente al ejercicio 2024, aprobada mediante Decreto 288/2023, de 27 de diciembre.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024
37592
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de
la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa
CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme
extremeña a través de su mejora competitiva correspondiente al ejercicio
2024, aprobada mediante Decreto 288/2023, de 27 de diciembre. (2024062564)
BDNS(Identif.): 739429
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
13, de fecha 18 de enero de 2024, Extracto del Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su
mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es)
con la identificación BDNS 739429.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de
su mejora competitiva, y se establece la primera convocatoria y según se establece en su
apartado octavo, Financiación de las ayudas, el coste de las acciones previstas está imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Proyecto de Gasto 20240060 CONSOLIDAPYME. Programa para la consolidación y crecimiento de las PYMES por un importe de
Lunes 29 de julio de 2024
37592
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de
la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa
CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme
extremeña a través de su mejora competitiva correspondiente al ejercicio
2024, aprobada mediante Decreto 288/2023, de 27 de diciembre. (2024062564)
BDNS(Identif.): 739429
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
13, de fecha 18 de enero de 2024, Extracto del Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de su
mejora competitiva, y se aprueba la primera convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es)
con la identificación BDNS 739429.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de gastos o
aplicaciones presupuestarias, o cuantías inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente
de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con
la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos
por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
De acuerdo con la disposición adicional única del Decreto 288/2023, de 27 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha del Programa CONSOLIDAPYME: Programa para la consolidación y crecimiento de la Pyme extremeña a través de
su mejora competitiva, y se establece la primera convocatoria y según se establece en su
apartado octavo, Financiación de las ayudas, el coste de las acciones previstas está imputado a la aplicación presupuestaria 14004.323A.77000, Proyecto de Gasto 20240060 CONSOLIDAPYME. Programa para la consolidación y crecimiento de las PYMES por un importe de