Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2024040114)
Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta", y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 146

37584

Lunes 29 de julio de 2024

3.1. DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES U OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS PARA LA ACTIVIDAD OBJETO DE SOLICITUD
- Declaro que SI
NO
continuación las ayudas:
Convocatoria

ha solicitado o percibido ayudas para el proyecto objeto de solicitud. En caso afirmativo, relacionar a
Organismo

N.º Expediente(1)

S/C/P(2)

Fecha

Importe

- Declaro que SI
NO
ha solicitado o percibido ayudas bajo el régimen de mínimis (Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de
13 de diciembre de 2023) para este u otros proyectos en los tres últimos años. En caso afirmativo, relacionar a continuación las ayudas:
Convocatoria

Organismo

N.º Expediente(1)

S/C/P(2)

Fecha

(1)

De no conocerse el número de expediente, reflejar el programa o línea de ayudas del organismo.

(2)

Indicar la situación actual de la ayuda: S (solicitada), C (concedida), P (pagada)

Importe

4. DOCUMENTOS QUE OBRAN EN PODER DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 24 y 25 Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de
Extremadura. Las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos en poder de esta Administración Autonómica.
Se acoge a este derecho y autoriza al órgano gestor para que pueda recabar documentos, o la información contenida en ellos, respecto a
la siguiente documentación (señálese lo que proceda):
Nombre Documento 1

N.º de registro:

Órgano ante el que se aportó:

Procedimiento:

Nombre Documento 1

N.º de registro:

Fecha de presentación:

Órgano ante el que se aportó:

Procedimiento:

Fecha de presentación:

5. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán recabar o
verificar los datos que a continuación se relacionan. Si NO AUTORIZA a que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportar en cada caso el documento solicitado.
NO AUTORIZO a que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda recabar de oficio los datos de identidad
personal, del NIF del solicitante como, en su caso, del representante legal, en sus archivos, bases de datos u otros fondos
documentales mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI). APORTO el documento.
NO AUTORIZO a que la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital pueda recabar de
oficio los datos relativos a las altas en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Por lo que APORTO certificado emitido por la
Agencia Tributaria que acredita los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.
NO AUTORIZO a que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio pueda consultar de oficio en la RED SARA la
copia simple del poder de representante legal (únicamente en el caso de que el poder de representante legal se haya elevado a
público ante notario a partir del 5 de junio de 2014). Por lo que APORTO los poderes de representación de la empresa.
6. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN RELATIVOS A ESTAR AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, CONL
A SEGURIDAD SOCIAL Y NO TENER DEUDAS CON LA HACIENDA AUTONÓMICA
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a