Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024040103)
Decreto 64/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 146
Lunes 29 de julio de 2024









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Proyecto o programa de trabajo en el que se describan las actividades a realizar para el
año de solicitud de la ayuda y un informe de previsiones mensual que contenga un
detalle de las actuaciones que se vayan a realizar dentro de los programas de cría en
las explotaciones de la comunidad autónoma de Extremadura.
Informe sobre las actividades realizadas el año anterior especificando, entre otros datos:
el número de inscripciones realizadas en el libro genealógico, el estado final del mismo
y en su caso, el número de controles de rendimientos o morfológicos realizados, el
número de genotipados, el material en bancos de germoplasma y las actuaciones
zootécnicas realizadas, aportando los justificantes que procedan y firmada por el técnico
responsable del proyecto y por el representante de la entidad.
Compromiso de llevar a cabo durante el año de la convocatoria, actividades de
divulgación dirigidas al sector para fomentar y favorecer el intercambio de conocimiento
con el fin de revalorizar las variedades locales y promover su utilización en el sector
agrario.
Memoria justificativa y comprensiva de las actividades realizadas conteniendo al menos
la siguiente información:











Objetivo del programa, plan de actuación y calendario.
Documento en el que se refleje la composición de la Junta Directiva de la
asociación, con mención del nombre de las personas que la componen y cargo
que ocupan en la misma.
Relación de personas que trabajan en la asociación especificando tanto la
titulación como el trabajo que desempeñan.
Listado de ganaderos y ganaderas inscritas en el libro genealógico de la raza,
incluyendo el nombre y NIF/CIF del ganadero o la ganadera, debiendo recabar
la correspondiente autorización para ello, código de explotación y número de
animales inscritos. Esta relación también será remitida por medios electrónicos
a la autoridad competente.
Documentación justificativa de los resultados conseguidos y mejora obtenida
respecto al año anterior.
Actividades a realizar en relación con la difusión y promoción de los libros
genealógicos/ programas de cría/ programas de difusión.
Presupuesto detallado de las actividades correspondientes al ejercicio en que se
solicita la ayuda. Dicho presupuesto deberá ser detallado, desglosado por tipo
de actividad subvencionable y contendrá las cuantías con su base imponible, el
IVA correspondiente y el importe total con el IVA incluido.
Certificado de la Secretaría Técnica Ejecutiva de la asociación, en el que se
indique tanto los animales y explotaciones inscritos en los libros genealógicos
como las ganaderías colaboradoras en el programa de cría. Estos datos deberán
coincidir con los existentes en ARCA, que es la base de datos del MAPA creada
a tales efectos.

En caso de solicitar varias líneas de gastos subvencionables conforme al artículo 4 de las
bases reguladoras, deberá presentar memorias independientes.
La asociación solicitante DECLARA, bajo su responsabilidad, no estar incursa en prohibición
para obtener la condición de beneficiaria de la subvención a tenor del artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que
son ciertos cuantos datos se contienen en la presente solicitud.
DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES U OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS
PARA LA ACTIVIDAD OBJETO DE SOLICITUD



Declaro no haber solicitado ayudas para el proyecto objeto de solicitud.