Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2024062523)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de subvención a las entidades locales beneficiarias, dirigida a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024, de la Sublínea A (Vestuario).
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024

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citudes, notificándoselo a las entidades locales correspondientes, mediante Resoluciones del
Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil de fechas 9 y 13 de mayo de
2024, por no contar a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con
Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el
Registro de Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Con fecha 15 de mayo de 2024, se dicta Resolución por la Secretaría General de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social por la que se nombra a los miembros de
la Comisión de Valoración de las subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales de voluntariado de Protección Civil, Comisión que se reunió
en fecha 17 de junio de 2024, emitiendo Informe de valoración en esa misma fecha.
A estos antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura establece que los órganos competentes para la concesión de las
subvenciones serán, dentro de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria, los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los
Presidentes o Directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con
sus normas de creación.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se atribuye a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo social el ejercicio de las competencias que le atribuye
el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiéndole entre otras, las competencias en materia de
interior, emergencias y protección civil.
Así, de conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y del artículo 6 del
Decreto 77/2023, de 21 de julio, antes citados, el órgano competente para la concesión de
estas subvenciones es el Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General
de Interior, Emergencia y Protección Civil en virtud de la Resolución de 3 de octubre de 2023,
de la Secretaría General, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, así
como la firma de resoluciones y actos (DOE n.º 194, de 9 de octubre).
Segundo. El objeto de la línea de subvención convocada por Resolución de 4 de abril de
2024, de la Secretaría General, es la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones