Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Centros Docentes Públicos. (2024062522)
Resolución de 19 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba la denominación específica de "Cáceres" para el Centro de Educación de Personas Adultas "Maestro Martín Cisneros" de Cáceres.
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NÚMERO 145

37290

Viernes 26 de julio de 2024

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba
la denominación específica de "Cáceres" para el Centro de Educación de
Personas Adultas "Maestro Martín Cisneros" de Cáceres. (2024062522)
En sesión extraordinaria del Consejo Escolar del Centro de Educación de Personas Adultas
“Maestro Martín Cisneros” de Cáceres, código 10007148, se acordó proponer la denominación
de “Cáceres” para dicho centro docente.
Visto el artículo 129 de la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura (DOE
núm. 47, de 9 de marzo) en concordancia con el artículo 3 del Real Decreto 83/1996, de 26
de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria (BOE núm. 45, de 21 de febrero); y en virtud de las atribuciones que me confieren
los artículos 36.f) y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Secretaria General de
Educación y Formación Profesional
RESUELVO:
Aprobar la denominación específica de “Cáceres” para el Centro de Educación de Personas
Adultas “Maestro Martín Cisneros” de Cáceres, código 10007148.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Excelentísima Sra. Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y por el artículo
102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, o podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados a
partir del siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que
el interesado pueda interponer aquellos que estime pertinente.
Mérida, 19 de julio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
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