Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062519)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo de 25,74 ha de pistachos, en el polígono 15, parcelas 209, 211, 212, 213, 243, 245, 246 y 247, promovido por Teresa Gordillo Durán, en el término municipal de Villagarcía de la Torre. Expte.: IA20/0122.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024
37267
— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas en el informe
de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, recogidas en el
presente informe.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— Cualquier actuación relativa al citado proyecto deberá respetar los límites del deslinde
de la citada vía pecuaria, los cuales se encuentran correctamente recogidos en la cartografía catastral.
— No podrá realizarse plantación en 5 m desde el cauce de los arroyos sin nombre y de la
Fuente Santa, presentes en la zona de actuación (zona de dominio público hidráulico),
según los datos de la cartografía de hidrografía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En caso de que exista plantación dentro de esos límites, se
procederá al arranque de la misma.
— Los trabajos respetarán en todo momento la vegetación de la ribera de los arroyos antes
mencionados, no pudiéndose ver afectada. No se realizarán actuaciones mecanizadas
sobre las masas de agua y las orlas de vegetación riparia, evitando arrastres y el tránsito de maquinaria pesada sobre las mismas.
— Con el mismo fin, se evitará el uso de fitosanitarios en una banda de 10 metros junto a
esa vegetación de ribera, siendo lo deseable que no se use en toda la explotación y se
sigan técnicas de agricultura ecológica.
— La construcción se ubicará en la parcela 247 del polígono 15 del término municipal de
Villagarcía de la Torre (Badajoz) según aparece en la ubicación presentada en el documento gráfico de la solicitud, y la finalidad será exclusivamente como caseta de riego,
estando sujeto a otro tipo de trámite en el caso de que la construcción sea para otro fin,
como puede ser vivienda unifamiliar o construcción para uso recreativo.
— No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición al estado inicial en el caso de afección y guardando la concordancia absoluta con la
consecución del tramo existente utilizando materiales de la zona y dimensiones y características similares. Estos elementos tradicionales del paisaje son de gran importancia
para la biodiversidad, actuando como corredores ecológicos y refugio de fauna, y favorecen la presencia de flora autóctona, integrando los valores culturales y ambientales
propios de cada localidad.
Viernes 26 de julio de 2024
37267
— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera
verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas en el informe
de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, recogidas en el
presente informe.
4.2. Medidas en la fase de construcción.
— Cualquier actuación relativa al citado proyecto deberá respetar los límites del deslinde
de la citada vía pecuaria, los cuales se encuentran correctamente recogidos en la cartografía catastral.
— No podrá realizarse plantación en 5 m desde el cauce de los arroyos sin nombre y de la
Fuente Santa, presentes en la zona de actuación (zona de dominio público hidráulico),
según los datos de la cartografía de hidrografía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. En caso de que exista plantación dentro de esos límites, se
procederá al arranque de la misma.
— Los trabajos respetarán en todo momento la vegetación de la ribera de los arroyos antes
mencionados, no pudiéndose ver afectada. No se realizarán actuaciones mecanizadas
sobre las masas de agua y las orlas de vegetación riparia, evitando arrastres y el tránsito de maquinaria pesada sobre las mismas.
— Con el mismo fin, se evitará el uso de fitosanitarios en una banda de 10 metros junto a
esa vegetación de ribera, siendo lo deseable que no se use en toda la explotación y se
sigan técnicas de agricultura ecológica.
— La construcción se ubicará en la parcela 247 del polígono 15 del término municipal de
Villagarcía de la Torre (Badajoz) según aparece en la ubicación presentada en el documento gráfico de la solicitud, y la finalidad será exclusivamente como caseta de riego,
estando sujeto a otro tipo de trámite en el caso de que la construcción sea para otro fin,
como puede ser vivienda unifamiliar o construcción para uso recreativo.
— No podrán verse afectados los elementos estructurales del paisaje agrario de interés
para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos,
regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición al estado inicial en el caso de afección y guardando la concordancia absoluta con la
consecución del tramo existente utilizando materiales de la zona y dimensiones y características similares. Estos elementos tradicionales del paisaje son de gran importancia
para la biodiversidad, actuando como corredores ecológicos y refugio de fauna, y favorecen la presencia de flora autóctona, integrando los valores culturales y ambientales
propios de cada localidad.