Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024050139)
Orden de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024
37220
presencia y prevalencia en su caso de decomisos por infecciones por síntomas compatibles
con M. tuberculosis, se aportarán los datos al menos de la última temporada cinegética
disponible. La prevalencia será % de decomisos por síntomas compatibles con M. tuberculosis, respecto al total de capturas de la especie.
(51)
Otras medidas sanitarias, se indicará la utilización de medidas para potenciar la inmunidad de las especies cinegéticas, así como la posibilidad de acogerse a las Resoluciones
de Emergencia cinegética que pudieran aumentar los cupos de captura y la posibilidad de
centrar los cupos de captura sobre animales visiblemente delgados o enfermos.
MEJORAS:
(52)
Deberán indicarse aquellas mejoras del medio natural de carácter permanente existentes
y las que tengan prevista su realización durante la vigencia del PTC. Las zonas de reserva
deberán incluirse en la cartografía. En el apartado de infraestructuras únicamente se reflejarán las de nueva ejecución. No obstante, estas actuaciones podrán estar sometidas a
autorización previa de acuerdo con la normativa sectorial.
(53)
En el caso de aporte de superficies de gestión cerradas con aporte sistemático de alimento,
se recuerda que deberá presentar un plan sanitario conforme a la legislación sectorial en
sanidad animal, conforme al punto (48) de estas instrucciones. Por otro lado, recordar, que
la no indicación en este apartado de ningún tipo de aporte conllevará su no autorización
en la resolución del PTC y por tanto la prohibición de cualquier tipo de aporte conforme a
la normativa de sanidad animal.
CARTOGRAFÍA:
(54)
Se podrá presentar además del plano a escala 1/25.000 o superior con curvas de nivel, cualquier otro plano de situación a escala inferior y/o de escala superior (1/20.000,
1/10.000, 1/5.000) sobre ortofotografía, siempre que facilite la comprensión y estudio del
plano.
PRESENTACIÓN:
(55)
En el caso de existir varias personas cotitulares en el coto, todas deben suscribir este documento, al igual que si se trata de un Plan Técnico Agrupado, en el que deberán firmar
todas las personas titulares de los cotos agrupados.
Viernes 26 de julio de 2024
37220
presencia y prevalencia en su caso de decomisos por infecciones por síntomas compatibles
con M. tuberculosis, se aportarán los datos al menos de la última temporada cinegética
disponible. La prevalencia será % de decomisos por síntomas compatibles con M. tuberculosis, respecto al total de capturas de la especie.
(51)
Otras medidas sanitarias, se indicará la utilización de medidas para potenciar la inmunidad de las especies cinegéticas, así como la posibilidad de acogerse a las Resoluciones
de Emergencia cinegética que pudieran aumentar los cupos de captura y la posibilidad de
centrar los cupos de captura sobre animales visiblemente delgados o enfermos.
MEJORAS:
(52)
Deberán indicarse aquellas mejoras del medio natural de carácter permanente existentes
y las que tengan prevista su realización durante la vigencia del PTC. Las zonas de reserva
deberán incluirse en la cartografía. En el apartado de infraestructuras únicamente se reflejarán las de nueva ejecución. No obstante, estas actuaciones podrán estar sometidas a
autorización previa de acuerdo con la normativa sectorial.
(53)
En el caso de aporte de superficies de gestión cerradas con aporte sistemático de alimento,
se recuerda que deberá presentar un plan sanitario conforme a la legislación sectorial en
sanidad animal, conforme al punto (48) de estas instrucciones. Por otro lado, recordar, que
la no indicación en este apartado de ningún tipo de aporte conllevará su no autorización
en la resolución del PTC y por tanto la prohibición de cualquier tipo de aporte conforme a
la normativa de sanidad animal.
CARTOGRAFÍA:
(54)
Se podrá presentar además del plano a escala 1/25.000 o superior con curvas de nivel, cualquier otro plano de situación a escala inferior y/o de escala superior (1/20.000,
1/10.000, 1/5.000) sobre ortofotografía, siempre que facilite la comprensión y estudio del
plano.
PRESENTACIÓN:
(55)
En el caso de existir varias personas cotitulares en el coto, todas deben suscribir este documento, al igual que si se trata de un Plan Técnico Agrupado, en el que deberán firmar
todas las personas titulares de los cotos agrupados.