Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024050139)
Orden de 22 de julio de 2024 por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por la que se modifica la Orden de 29 de mayo de 2013 por la que se aprueban los modelos oficiales de planes técnicos de caza.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024
37207
4.5. O
TRAS MEJORAS.
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
5. CARTOGRAFÍA54.
PLANO/S CINEGÉTICO DEL COTO, a escala 1:25.000 ó superior (1/20.000, 1/10.000, 1/5.000),
en todo caso podrá aceptarse otra cuando facilite la comprensión y estudio del plano, que
contendrán curvas de nivel cada 10 m y de acuerdo con lo expresado en este Plan, al menos
la siguiente información:
— Perímetro del coto, enclaves y granjas cinegéticas en su caso.
— Cursos y masas de agua.
— Zonificación de modalidades/aprovechamientos de caza menor, zonas de entrenamiento/campeo, zonas específicas para la realización de aprovechamientos intensivos, zonas
de reserva del plan de mejoras.
— Zonas de seguridad en las que se planifique cazar.
— Cerramientos, que impidan el paso de las especies cinegéticas presentes en el coto.
— Otras Infraestructuras cinegéticas existentes (Zonas de manejo, Capturaderos, Núcleos
de cría de conejo, Zonas adaptación perdiz, etc.).
— Superficies de gestión abiertas y cerradas. En cotos sociales superficies con planificación
de caza mayor.
— Manchas de caza mayor, con separación del tipo abiertas y tipo cerradas, únicamente
para superficies de gestión abiertas.
6. D
ECLARACIÓN Y FIRMA.
Así mismo, el personal técnico redactor DECLARA que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 119 del Decreto 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética:
— Cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente que le habilitan como personal técnico competente, en concreto, ha cursado los siguientes estudios: titulación
Viernes 26 de julio de 2024
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4.5. O
TRAS MEJORAS.
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5. CARTOGRAFÍA54.
PLANO/S CINEGÉTICO DEL COTO, a escala 1:25.000 ó superior (1/20.000, 1/10.000, 1/5.000),
en todo caso podrá aceptarse otra cuando facilite la comprensión y estudio del plano, que
contendrán curvas de nivel cada 10 m y de acuerdo con lo expresado en este Plan, al menos
la siguiente información:
— Perímetro del coto, enclaves y granjas cinegéticas en su caso.
— Cursos y masas de agua.
— Zonificación de modalidades/aprovechamientos de caza menor, zonas de entrenamiento/campeo, zonas específicas para la realización de aprovechamientos intensivos, zonas
de reserva del plan de mejoras.
— Zonas de seguridad en las que se planifique cazar.
— Cerramientos, que impidan el paso de las especies cinegéticas presentes en el coto.
— Otras Infraestructuras cinegéticas existentes (Zonas de manejo, Capturaderos, Núcleos
de cría de conejo, Zonas adaptación perdiz, etc.).
— Superficies de gestión abiertas y cerradas. En cotos sociales superficies con planificación
de caza mayor.
— Manchas de caza mayor, con separación del tipo abiertas y tipo cerradas, únicamente
para superficies de gestión abiertas.
6. D
ECLARACIÓN Y FIRMA.
Así mismo, el personal técnico redactor DECLARA que de acuerdo con lo establecido en el
artículo 119 del Decreto 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética:
— Cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente que le habilitan como personal técnico competente, en concreto, ha cursado los siguientes estudios: titulación