Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024081223)
Anuncio de 18 de julio de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalación de horno crematorio en tanatorio, promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL, en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024
37310
ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se pone a disposición del público
la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental
unificada del proyecto de instalación de horno crematorio en tanatorio,
promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL, en el término
municipal de Badajoz. (2024081223)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalación
de horno crematorio en tanatorio, promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL,
en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 10 días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en
las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico
exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación
de los ciudadanos en este procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
• Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la
categoría 10.2 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a “Crematorios”,
por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
Viernes 26 de julio de 2024
37310
ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se pone a disposición del público
la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental
unificada del proyecto de instalación de horno crematorio en tanatorio,
promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL, en el término
municipal de Badajoz. (2024081223)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalación
de horno crematorio en tanatorio, promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL,
en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 10 días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en
las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico
exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación
de los ciudadanos en este procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
• Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la
categoría 10.2 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a “Crematorios”,
por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.