Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Notificaciones. (2024081210)
Anuncio de 18 de julio de 2024 por el que se notifican requerimientos de subsanación de las solicitudes de liquidación de las ayudas acogidas al Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 145
Viernes 26 de julio de 2024
37308
ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se notifican requerimientos
de subsanación de las solicitudes de liquidación de las ayudas acogidas
al Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en
instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como
en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio
2023. (2024081210)
El Decreto 15/2023, de 1 de marzo, establece las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras
vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
y, efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 (DOE n.º 55, de 21 de
marzo).
Este decreto, desarrolla la intervención en inversiones de la sección 2.ª del capítulo II del
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26
de octubre).
Una vez examinadas las solicitudes de liquidación presentadas en la citada convocatoria que
se relacionan en el anexo adjunto, y en virtud de lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el
día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución dictada en los término previstos en el artículo 21 de esta Ley.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través
de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La documentación subsanada, se presentará a través de los medios electrónicos de acuerdo
al artículo 24.3 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre y, a los artículos 6 y 13 del Decreto 15/2023, de 1 de marzo; conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Mérida, 18 de julio de 2024. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria,
JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.
Viernes 26 de julio de 2024
37308
ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se notifican requerimientos
de subsanación de las solicitudes de liquidación de las ayudas acogidas
al Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en
instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como
en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio
2023. (2024081210)
El Decreto 15/2023, de 1 de marzo, establece las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras
vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
y, efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 (DOE n.º 55, de 21 de
marzo).
Este decreto, desarrolla la intervención en inversiones de la sección 2.ª del capítulo II del
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26
de octubre).
Una vez examinadas las solicitudes de liquidación presentadas en la citada convocatoria que
se relacionan en el anexo adjunto, y en virtud de lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el
día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos,
con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa
resolución dictada en los término previstos en el artículo 21 de esta Ley.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través
de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La documentación subsanada, se presentará a través de los medios electrónicos de acuerdo
al artículo 24.3 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre y, a los artículos 6 y 13 del Decreto 15/2023, de 1 de marzo; conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Mérida, 18 de julio de 2024. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria,
JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.