Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. Listas Definitivas. (2024062528)
Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se elevan a definitivas las listas provisionales de espera ordinarias de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros.
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NÚMERO 143

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Miércoles 24 de julio de 2024

En virtud de lo anterior, finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, esta Dirección General de Personal Docente.
RESUELVE:
Primero. Elevar a definitivas las listas provisionales de espera ordinarias de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas
Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y
Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros.
Las personas integrantes de las citadas listas aparecen ordenadas con arreglo al baremo que
se incluye como anexo VIII de la Resolución de 27 de diciembre de 2022 (DOE núm. 249, de
30 de diciembre), habiéndose incorporado de oficio el resultado obtenido en el proceso selectivo de ingreso convocado por la citada resolución.
Segundo. Ordenar la publicación de las listas definitivas de espera ordinarias, así como los
listados de personas excluidas, con indicación de la causa de exclusión, en el Portal PROFEX
(http://profex.educarex.es), desde el mismo día de la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer ante el mismo órgano que la dicta, recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo
en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en el correspondiente a
la sede de este órgano administrativo, a su elección, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 8.2.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, así como cualquier otro recurso que estimen
procedente.
Mérida, 24 de julio de 2024.
El Director General de Personal Docente,
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE n.º 156, de 14 de agosto),
DAVID MORENO REGO