Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2024ED0019)
Edicto de 10 de julio de 2024 sobre aprobación del Convenio de delegación entre el Ayuntamiento de Campillo de Deleitosa y el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excelentísima Diputación Provincial de Cáceres, para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
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NÚMERO 143
Miércoles 24 de julio de 2024

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II. Que el Ayuntamiento de Campillo de Deleitosa al amparo de lo previsto en:
— Artículos 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
— Artículos 2 y 7 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
— Artículos 9 y 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y
— Artículo 8.b) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto
939/2005, de 29 de julio, acordó en sesión plenaria ordinaria de fecha 25 de abril de
2024 delegar en la Diputación Provincial de Cáceres, a través del OARGT, las facultades
de gestión y recaudación de multas por infracción a la LSV y a las Ordenanzas Municipales de Circulación, en su caso, delegación aceptada por el Pleno de la Diputación en
sesión plenaria ordinaria de fecha 30 de mayo de 2024.
III. Q
 ue citado Ayuntamiento no tiene aprobada Ordenanza municipal en materia de circulación.
IV. Que en base a lo anterior, para articular y llevar a la práctica esta delegación, estando
legítimamente facultados los comparecientes para actuar en nombre de las corporaciones
a que representan, se procede a la formalización del presente Convenio que estará sujeto
a las siguientes
ESTIPULACIONES:
Primera. Objeto.
El objeto de este convenio consiste en la realización por parte del OARGT de las funciones de
colaboración en el procedimiento sancionador, de gestión y de recaudación en periodo voluntario y ejecutivo de las deudas correspondientes a multas por infracción a la LSV y a las correspondientes ordenanzas municipales en materia de tráfico, impuestas por el Ayuntamiento
de Campillo de Deleitosa.
Segunda. Contenido.
Además de las obligaciones establecidas en la legislación vigente para los órganos recaudadores, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria asume las obligaciones
derivadas del cumplimiento de este Convenio, y en particular las siguientes:
a) Nombrar un instructor dentro de la plantilla del OARGT para el control, seguimiento y
resolución de cuantas gestiones sean necesarias para la tramitación de los expedientes
sancionadores.