Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062266)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas, que participen en acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 142
Martes 23 de julio de 2024
36767
ANEXO I
CUANTÍA DE LAS BECAS Y AYUDAS
1. Las becas tendrán las siguientes cuantías:
a.
La beca por discapacidad tendrá una cuantía máxima de 9 euros por día de asistencia.
b.
En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, la beca tendrá una cuantía de 10 euros por día
lectivo de la acción formativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008,
de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de
violencia de género.
Las citadas cuantías podrán incrementarse, hasta en un 50 %, cuando las personas beneficiarias de las becas pertenezcan a
colectivos con mayores dificultades de inserción, según informe motivado del Servicio Extremeño Público de Empleo.
2. Las ayudas tendrán las siguientes cuantías:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
La ayuda en concepto de transporte público urbano tendrá una cuantía máxima de 1,5 euros por día de asistencia.
La cuantía de la ayuda en concepto de transporte público interurbano será la del importe del billete del
correspondiente transporte.
La ayuda en concepto de transporte en vehículo propio tendrá una cuantía máxima por día de asistencia de 0,19
euros por kilómetro, hasta un máximo de 22 euros/día lectivo.
La ayuda en concepto de manutención tendrá una cuantía máxima de 12 euros/día lectivo.
La ayuda en concepto de alojamiento y manutención tendrá una cuantía de hasta 50,00 euros/día natural.
Las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas transnacionales y/o en prácticas
profesionales que se desarrollen en otros países tendrán derecho a la percepción de una ayuda en concepto de
alojamiento y manutención de hasta 158,40 euros/día natural. Percibirán además el importe del billete inicial y final
en clase económica.
3. La cuantía de la ayuda a la conciliación ascenderá al 75 por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples»
(IPREM) diario por día de asistencia.
Martes 23 de julio de 2024
36767
ANEXO I
CUANTÍA DE LAS BECAS Y AYUDAS
1. Las becas tendrán las siguientes cuantías:
a.
La beca por discapacidad tendrá una cuantía máxima de 9 euros por día de asistencia.
b.
En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, la beca tendrá una cuantía de 10 euros por día
lectivo de la acción formativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.b) del Real Decreto 1917/2008,
de 21 de noviembre, por el que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas de
violencia de género.
Las citadas cuantías podrán incrementarse, hasta en un 50 %, cuando las personas beneficiarias de las becas pertenezcan a
colectivos con mayores dificultades de inserción, según informe motivado del Servicio Extremeño Público de Empleo.
2. Las ayudas tendrán las siguientes cuantías:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
La ayuda en concepto de transporte público urbano tendrá una cuantía máxima de 1,5 euros por día de asistencia.
La cuantía de la ayuda en concepto de transporte público interurbano será la del importe del billete del
correspondiente transporte.
La ayuda en concepto de transporte en vehículo propio tendrá una cuantía máxima por día de asistencia de 0,19
euros por kilómetro, hasta un máximo de 22 euros/día lectivo.
La ayuda en concepto de manutención tendrá una cuantía máxima de 12 euros/día lectivo.
La ayuda en concepto de alojamiento y manutención tendrá una cuantía de hasta 50,00 euros/día natural.
Las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas transnacionales y/o en prácticas
profesionales que se desarrollen en otros países tendrán derecho a la percepción de una ayuda en concepto de
alojamiento y manutención de hasta 158,40 euros/día natural. Percibirán además el importe del billete inicial y final
en clase económica.
3. La cuantía de la ayuda a la conciliación ascenderá al 75 por ciento del «Indicador público de renta de efectos múltiples»
(IPREM) diario por día de asistencia.