Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024062266)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2024 de becas y ayudas a personas trabajadoras desempleadas, que participen en acciones formativas y prácticas profesionales no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Martes 23 de julio de 2024

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SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria de 2024 de becas y ayudas a personas trabajadoras
desempleadas, que participen en acciones formativas y prácticas profesionales
no laborales incluidas en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público
de Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024062266)
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, que continua vigente en aquellos aspectos que no se
opongan a la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, y el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla dicha
ley, regulan la oferta de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral dirigida a
personas trabajadoras desempleadas.
El Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, no agota el desarrollo reglamentario de la Ley
30/2015, de 9 de septiembre, pues para determinados aspectos, como indica su preámbulo,
se considera más adecuada su regulación mediante las correspondientes órdenes ministeriales, a las que se remite para su desarrollo esta norma.
En aplicación de dicha previsión, la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo (BOE n.º 78, de 1
de abril) y la Orden EFP/942, de 23 de septiembre (BOE n.º 239, de 5 de octubre) establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a financiar acciones formativas conducentes y no conducentes a certificados profesionales, respectivamente, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante Orden de 27 de marzo
de 2023, se adecúa la citada normativa estatal a las peculiaridades propias y las normas de
organización y procedimiento de la Administración de la Comunidad Autónoma, regulando la
programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida
a personas trabajadoras desempleadas y estableciendo las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
El artículo 66.1.c) de dicha orden establece que se tramitarán en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, las becas y ayudas a las personas trabajadoras desempleadas, por cuanto que dichas subvenciones están vinculadas directamente a la participación
en las acciones formativas y, en su caso, prácticas profesionales no laborales vinculadas a las
mismas. En este caso, las becas y/o ayudas se concederán al alumnado que cumpla los requisitos establecidos en la citada orden, sin que sea precisa su concurrencia con otras personas