Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2024062460)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la adjudicación definitiva, a "Radio Interior, SLU", de la concesión administrativa para la explotación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Badajoz, con la frecuencia 87.6 Mhz.
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NÚMERO 141
Lunes 22 de julio de 2024

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pección para la aprobación técnica definitiva por el departamento correspondiente del citado
Ministerio.
Asimismo, en el citado Decreto 131/1994 se dispone, en el apartado 1 de su artículo 15, que
“tras la aprobación técnica definitiva de las instalaciones de la emisora, la Consejería (de
Hacienda y Administración Pública) redactará la propuesta de adjudicación definitiva de la
concesión y la elevará al Consejo de Gobierno para su resolución, la cual será publicada en el
Diario Oficial de Extremadura”.
A su vez, a la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
Junta de Extremadura le corresponde el ejercicio de las competencias de la Junta de Extremadura en materia de radiodifusión y televisión y, en particular, le corresponden las que en
materia de comunicación audiovisual son atribuidas por la normativa vigente como las relativas a la gestión, planificación, coordinación y asesoramiento técnico de todos los servicios,
sistemas e infraestructuras de radiodifusión y televisión de la Junta de Extremadura, así como
la verificación de las condiciones y características técnicas aprobadas para los prestadores de
servicios de comunicación audiovisual en el ámbito de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo artículo 2 del Decreto 232/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura.
Cuarto. En el apartado 1 del artículo 6 del citado Decreto 131/1994 se dispone que “las
concesiones para la explotación de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con
modulación de frecuencia se otorgarán por un período de diez años”.
Por todo ello, habiéndose procedido por la Administración del Estado a la aprobación del
proyecto técnico y a la autorización de la puesta en servicio de la estación (DGCC-1900192)
de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (87.6 Mhz), en la localidad de Badajoz, cuya
titular es “Radio Interior, SLU”, una vez abonada la tasa correspondiente a la “prestación
de servicios administrativos en materia de concesiones de radiodifusión”, en concreto, por
“concesión definitiva”, en los términos previstos en la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura –en relación con
la Resolución, de 10 de febrero de 2021, de la Vicepresidenta Primera y Consejera (de Hacienda y Administración Pública), por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas
y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, y
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 15 del Decreto 131/1994, de
14 de noviembre, por el que se regula el régimen de concesión de emisoras de radiodifusión
sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia e inscripción en el Registro de las
Empresas concesionarias en relación con el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023,