Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062452)
Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de características de una concesión de aguas superficiales del río Zújar, consistente en la ampliación de la superficie de riego en 73,79 ha, totalizando 121,79 ha de cultivos leñosos y hortícolas, en la finca "Somera", en el término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz). Expte.: IA20/1417.
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NÚMERO 140
Viernes 19 de julio de 2024

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sean acuíferos o aguas superficiales. Entre ellos, se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío a
la red de drenaje natural. Según el informe emitido por la Confederación Hidrográfica
del Guadiana, la actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego. Por otro lado, la zona de actuación no se encuentra en zona
vulnerable a la contaminación por nitratos, pero si en zona de protección de productos
fitosanitarios.
En este sentido, a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las
recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias. Se deberá
prestar especial atención en no realizar estas operaciones con previsión de fuertes
lluvias, para evitar su lavado mediante los efectos de la escorrentía superficial o lixiviación. Asimismo, cualquier producto que se aplique al cultivo deberá estar debidamente
identificado y autorizado su uso. Por tanto, aplicando las correspondientes medidas
preventivas, las afecciones no deberían resultar significativas.
C.2.4. Geología y suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los trabajos de desbroce y limpieza
del material vegetal, así como los movimientos de tierra para la preparación del terreno
en el establecimiento de los cultivos y en la instalación de las infraestructuras necesarias del sistema de riego. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un
efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo.
Al tratarse de una zona relativamente llana, con pendientes suaves menores al 7%,
no se espera un incremento del riesgo de aparición de fenómenos erosivos, y como
consecuencia pérdidas de suelo fértil, debido a estos movimientos de tierra. Asimismo,
mediante la correcta aplicación de medidas preventivas y/o correctoras incluidas tanto en el EsIA, en los informes emitidos por las administraciones públicas consultadas,
como en la presente declaración de impacto ambiental para mitigar estos impactos, se
reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico.
Durante la fase de explotación se producen una serie de impactos ambientales, generados principalmente como consecuencia de la utilización de productos agroquímicos que
pudieran derivarse de fenómenos de contaminación difusa generada por la aplicación
directa de este tipo de sustancias al cultivo, ya sean productos fertilizantes o productos
fitosanitarios.