Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024062449)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, en relación a las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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Viernes 19 de julio de 2024

de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en materia de participación comunitaria en salud.
Tercero. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Orden de 29 de junio
de 2020, se dicta la Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se
aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de
proyectos de participación comunitaria en salud dirigidos a entidades de pacientes y/o familiares de pacientes afectados por una enfermedad crónica 2024 (DOE n.º 91, de 13 de mayo).
Cuarto. La mencionada Resolución de Convocatoria destina a esta línea de subvención una cantidad global de 248.783,00 euros con cargo a la posición presupuestaria
110020000/G/212A/48000 y código de proyecto 20160084, fondo CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
Quinto. Al amparo de lo previsto en el punto 4 del resuelvo noveno de la Resolución de 22
de abril de 2024 por la que se aprueba la convocatoria, la Comisión de Valoración examina la
documentación presentada y elabora un informe en el que se recoge la puntuación, en orden
decreciente, de las entidades que cumplen con los requisitos para ser beneficiarias de la subvención, las entidades que no obtienen la puntuación mínima para obtener la subvención y
aquellas que se consideran excluidas.
Sexto. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia para dictar la resolución de concesión de las subvenciones corresponde a la Secretaría General de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales. No obstante, esta competencia para resolver se encuentra
delegada en la persona titular de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad
Sanitarias y Sociosanitarias, en virtud de la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la
Secretaría General, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias (DOE
n.º 189, de 2 de octubre), que formulará la propuesta de resolución debidamente motivada.
De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la que se delega
la firma en determinadas materias, la competencia para dictar la propuesta de resolución se
encuentra delegada en la Jefatura de Servicio de Participación Comunitaria en Salud.
Por todo lo anterior, vista la propuesta de la Jefa de Servicio de Participación Comunitaria en
Salud,
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a los beneficiarios incluidos en el anexo I de esta propuesta, en la cuantía que en el mismo se relacionan y con indicación de los proyectos a los