Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024062448)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de proyectos técnicos de ciudades saludables y sostenibles, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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NÚMERO 140
Viernes 19 de julio de 2024

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3. R
 enuncia.
La entidad beneficiaria podrá renunciar a la misma en el plazo de cinco días hábiles a partir
de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Extremadura. En tal caso, y siempre
que con ello se haya liberado suficiente crédito, la Secretaría General de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, el destino de esos créditos de acuerdo con lo establecido en el resuelvo décimo de la Resolución
de 26 de marzo de 2024.
4. F
 orma de pago.
Las subvenciones serán abonadas, de la siguiente forma:
— El 50% del importe total, tras la notificación de la resolución de concesión y previa presentación de la siguiente documentación:
— Acreditación de la publicidad referida en la letra i) de la condición 2 en consonancia con
en la letra i) del resuelvo decimoprimero de la Resolución de 26 de marzo de 2024.
— Certificado de la entidad local en el que se haga constar la fecha de inicio y puesta en
marcha del proyecto.
— Certificado de la entidad local en el que se indique los datos identificativos del personal
técnico, fecha de inicio del contrato, sueldo, así como copia de su titulación o certificado
de experiencia laboral en su caso.
— El 50% restante cuando se haya justificado, como mínimo, el pago del primer 50% en
los términos establecidos en la condición siguiente.
5. P
 lazo y forma de justificación.
1. L
 a justificación del primer 50% deberá remitirse a la Dirección General de Planificación
Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, antes del 1 de noviembre de 2024.
La justificación del 50% restante deberá remitirse a la misma Dirección General antes
del 1 de marzo de 2025.
2. L
 a justificación de la subvención se realizará mediante la siguiente documentación:


A) Para justificar el primer pago del 50%:



1.º Gastos del personal técnico: