Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062428)
Resolución de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifican las condiciones de la declaración de impacto ambiental del proyecto de "Generación de nuevas masas resilientes en superficies afectadas por incendios forestales en el Monte Piornal", en el término municipal de Piornal. Expte.: IA21/0790.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
NÚMERO 139
Jueves 18 de julio de 2024

36178

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se modifican las condiciones de la declaración de impacto ambiental
del proyecto de "Generación de nuevas masas resilientes en superficies
afectadas por incendios forestales en el Monte Piornal", en el término
municipal de Piornal. Expte.: IA21/0790. (2024062428)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, se formuló declaración de impacto ambiental para el proyecto de “Generación de nuevas
masas resilientes en superficies afectadas por incendios forestales en el Monte Piornal”, proyecto a ejecutar en el término municipal de Piornal, provincia de Cáceres cuya promotora es
la sociedad Grupo Sylvestris, SL.
Segundo. El proyecto es encuadrable en el anexo IV al estar incluido en el artículo 62.b) de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El objeto del proyecto consiste en la transformación de la cubierta vegetal de diferentes zonas de actuación con el objeto de aumentar la superficie arbolada, sustituyendo matorral esclerófilo por repoblaciones de coníferas y frondosas en una superficie de 553,20 ha.
El área de actuación se localiza en los parajes de Cuarto de Peñanegra, Cuarto de Hermenegildo, Cuarto de la Toma, Navarredonda y Cuarto de Barreras de Marigarcía. Parte de los
trabajos se ejecutarán en terrenos incluidos en los montes catalogados de utilidad pública
MUP n.º 155 “Peña Nagra” y MUP n.º 157 “Navarredonda y Barreras de Marigarcía”, ambos
propiedad del Ayuntamiento de Piornal, bajo gestión del órgano forestal autonómico (Servicio
de Ordenación y Gestión Forestal. Otra parte de los trabajos se ejecutarán en terrenos de
monte considerado patrimonial, propiedad igualmente del Ayuntamiento de Piornal, sin tener
la condición de demanial.
Cuarto. Con fecha 5 de marzo de 2024, tuvo entrada en el Sistema de Registro Único de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, solicitud y documentación
justificativa presentadas por la promotora relativas a la modificación de las condiciones de
la declaración de impacto ambiental formulada en su día, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 85.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que “El procedimiento de modificación
de las condiciones de la declaración de impacto ambiental podrá iniciarse de oficio o a solicitud
del promotor”.
Quinto. Con fecha 20 de marzo de 2024, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas en relación con