Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062402)
Resolución de 7 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se revisa y se adecua el contenido de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Pronat, SC, en el término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024

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ANEXO III
INFORME DE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
INFORME SOBRE EL VERTIDO A DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EMITIDO
EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 19 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE PREVENCIÓN
Y CONTROL INTEGRADOS DE LA CONTAMINACIÓN.
PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA (AAI) DE UNA INDUSTRIA DE TRANSFORMACIÓN DE TOMATE CON VERTIDO AL RÍO
GUADIANA, A TRAVÉS DE DESAGÜE DE RIEGO, EN TÉRMINO MUNICIPAL DE DON BENITO
(BADAJOZ).
Titular de la AAI:

PRONAT SOCIEDAD COOPERATIVA.

N/Ref. Expte.:

VI-005/04-BA (OBG).

Órgano ambiental:

Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremaudra.

S/Ref. Expte.:

AAI 21/009.

Mediante Resolución de 17 de junio de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, de la
Junta de Extremadura (DGMAJEXT), se otorgó a PRONAT Sociedad Cooperativa Autorización
Ambiental Integrada (AAI) para su fábrica de concentrado y cubitado de tomate situada en el
tm de Don Benito (Badajoz). En esta autorización se incluyó la autorización de vertido al río
Guadiana informada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, OA (CHG) mediante informe de agosto de 2004. En la condición c.3 de la citada autorización se limitaba el volumen
anual de vertido a 360.000 m3 y en su anexo I, se recogía que la capacidad de producción de
producto acabado alcanzaría un máximo de 3.000 toneladas al día.
Esta AAI ha sido modificada debido a la modificación sustancial promovida por el titular de
la industria mediante resolución de 19 de marzo de 2015 de la DGMAJEXT, contando para
ello con informe de la CHG de diciembre de 2014, mediante el cual se informa el vertido al
río Guadiana, no modificándose el volumen anual de vertido ni los valores límite de emisión
de contaminantes, a excepción de los cloruros. Sin embargo, en la autorización se recogía el
aumento de la capacidad de producción hasta 4.300 toneladas al día.
Asimismo, esta AAI ha sido modificada por otras modificaciones no sustanciales de la industria
mediante resoluciones de fecha 25 de junio de 2018 y 10 de abril de 2019 de la DGMAJEXT.
Mediante escrito de fecha 26 de agosto de 2021, la Dirección General de Sostenibilidad de
la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura (DGS-