Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agrupación De Defensa Sanitaria. Subvenciones. (2024062370)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria para 2024 de subvenciones a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícola, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024

ORDEN
PRIORIDAD

ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE

4.ª

Toma de muestras y realización de pruebas, según determine la autoridad competente en Sanidad Animal, para la
realización de controles sanitarios obligatorios previos a
los movimientos pecuarios, que cuenten con amparo legal
para cada especie y programa sanitario, para los que el
personal veterinario director técnico de la ADSG esté autorizado.

35951

CUANTÍA UNITARIA

5 € por prueba IDTB.
3 € por toma de muestra
de sangre o similar y su
envío al laboratorio oficial
para su análisis.
Máximo 1.000 € por ADS.

5.ª

Inmunización con vacunas autorizadas en España frente
a enfermedades que determine anualmente la autoridad competente en la convocatoria de ayuda, siguiendo
las indicaciones establecidas en la normativa aplicable,
en la autorización del fabricante o la ficha técnica del
medicamento y, además, cumpliendo los requisitos que
establezca el Servicio de Sanidad Animal respecto de las
explotaciones y/o animales a los que irá dirigida la inmunización: vacunación de Lengua Azul en las especies
bovina y ovina.

6.ª

Actuaciones realizadas para el cumplimiento de programas sanitarios contra enfermedades parasitarias, que
deben incluir la toma de muestras (por cada especie animal), de heces en al menos el 20% de las explotaciones
que integran la ADS, y su envío a laboratorios oficiales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para su análisis.

30 € por explotación

7.ª

Elaboración y/o modificación de un Sistema Integral de
Gestión de explotaciones/granjas, y/o de Bioseguridad y
un Plan Sanitario Integral en las explotaciones ganaderas,
de acuerdo con la normativa que le sea de aplicación a
cada especie.

250 € por explotación

1 € por UGM vacunada

2. L
 as solicitudes se ordenarán en función de su puntuación, de acuerdo con los siguientes
criterios objetivos y con un máximo de 100 puntos:
a) Serán prioritarias las solicitudes de aquellas ADS que agrupen un mayor número de
explotaciones y ganado. Se ponderará este criterio con una valoración máxima de 35
puntos, que se repartirán de la siguiente forma:


I. Se adjudicarán 25 puntos en función de las Unidades de Ganado Mayor (UGM) que
tenga la agrupación. Esta valoración se realizará mediante una regresión lineal en la
que la ADS con mayor número de UGM reciba 25 puntos.