Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062411)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 del "Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para la realización del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud contemplada en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, para la realización de las líneas de actuación LA2, LA3, LA4, LA5, financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1, Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia".
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NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024
35901
Toda esta información se cumplimentará también en la plataforma Ayudaspri, para su revisión previa por el órgano gestor.
Los medios de justificación de los hitos y objetivos e indicadores asociados, según se recoge
en la Orden Ministerial HFP/1030/2021, serán los siguientes:
— Informe de necesidad de otros gastos.
— Convocatoria de los procesos selectivos para las diferentes contrataciones a investigado
res, mediante la publicación de sus correspondientes bases reguladoras en el DOE, en
Página Web de CCMIJU (https://www.ccmijesususon.com/ccmiju/empleo-y-ayudas/) y
en la Sede social de CCMIJU (Carretera Nacional 521, Km 41.8 - 10071, 10004 Cáceres).
— Resolución de los candidatos.
— Copia acreditada de los contratos de trabajo suscritos entre CCMIJU y los investigadores
contratados.
— Anuncios de licitaciones.
— Acreditaciones de asistencia/participación en eventos científicos, certificados de aprove
chamiento, en su caso, url de la comunicación de los eventos científicos a los que se
acuda.
Octavo. Se modifica la cláusula “décimo tercera” referida a la “eficacia, duración y resolución”:
Se modifica el punto 1 de la cláusula antes dicha, en relación a la eficacia del convenio, quedando redactado de la siguiente manera:
1. L
a eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
30 de noviembre 2025.
Noveno. Mantener en vigor todos los términos y condiciones del convenio de formalización
de transferencia suscrito con fecha 6 de octubre de 2022, salvo lo modificado en la presente
Adenda n.º 1.
Décimo. Se modifica el “Anexo I” referido a la “Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), que queda redactado conforme al Anexo I de la presente Adenda.
Miércoles 17 de julio de 2024
35901
Toda esta información se cumplimentará también en la plataforma Ayudaspri, para su revisión previa por el órgano gestor.
Los medios de justificación de los hitos y objetivos e indicadores asociados, según se recoge
en la Orden Ministerial HFP/1030/2021, serán los siguientes:
— Informe de necesidad de otros gastos.
— Convocatoria de los procesos selectivos para las diferentes contrataciones a investigado
res, mediante la publicación de sus correspondientes bases reguladoras en el DOE, en
Página Web de CCMIJU (https://www.ccmijesususon.com/ccmiju/empleo-y-ayudas/) y
en la Sede social de CCMIJU (Carretera Nacional 521, Km 41.8 - 10071, 10004 Cáceres).
— Resolución de los candidatos.
— Copia acreditada de los contratos de trabajo suscritos entre CCMIJU y los investigadores
contratados.
— Anuncios de licitaciones.
— Acreditaciones de asistencia/participación en eventos científicos, certificados de aprove
chamiento, en su caso, url de la comunicación de los eventos científicos a los que se
acuda.
Octavo. Se modifica la cláusula “décimo tercera” referida a la “eficacia, duración y resolución”:
Se modifica el punto 1 de la cláusula antes dicha, en relación a la eficacia del convenio, quedando redactado de la siguiente manera:
1. L
a eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta
30 de noviembre 2025.
Noveno. Mantener en vigor todos los términos y condiciones del convenio de formalización
de transferencia suscrito con fecha 6 de octubre de 2022, salvo lo modificado en la presente
Adenda n.º 1.
Décimo. Se modifica el “Anexo I” referido a la “Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI), que queda redactado conforme al Anexo I de la presente Adenda.