Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062411)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 del "Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual a la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para la realización del Programa de I+D+I en el Área Biotecnología Aplicada a la Salud contemplada en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, para la realización de las líneas de actuación LA2, LA3, LA4, LA5, financiada con los Fondos Next Generation EU, incluida en la medida de inversión I1, Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia".
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NÚMERO 138
Miércoles 17 de julio de 2024

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Con fecha de 31 de octubre de 2023, dichas modificaciones son aprobadas por la Comisión de
seguimiento del Convenio.
Cuarto. En relación a la publicidad y comunicación de las ayudas en el marco del PRTR, el
Artículo 34 del Reglamento Europeo 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, recoge que “los perceptores de
fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad”, incluido mediante el uso del emblema de la Unión y de una declaración de financiación
que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
En esta línea, el Artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del PRTR, señala la obligatoriedad de incorporar el logo oficial
del propio Plan a las iniciativas de comunicación y divulgación de las actuaciones financiadas
con cargo al MRR.
Quinto. El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 2 establece que: “La Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y
formación profesional, las de políticas universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación”.
Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 26.6,
atribuye el ejercicio de las competencias en materia investigación, desarrollo e innovación a
la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Sexto. Con fecha 31 de octubre de 2023 se celebra la segunda sesión de la Comisión de
Seguimiento del Convenio en la que se acuerda la tramitación de la presente Adenda. Posteriormente, el 19 de febrero de 2024, tiene lugar la tercera sesión de la Comisión de seguimiento, en la que se aprueba la modificación de la redistribución presupuestaria aprobada en
la segunda sesión y que se incluirá en la presente adenda.
El artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad de Extremadura, como principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas y, de conformidad con lo establecido en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015
citada y 49, 50 y 53 de la Ley 1/2002, también citada, las partes intervinientes muestran su
conformidad e interés en suscribir la presente adenda, en base a los siguientes: