Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062361)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de establecimiento de zona de baño y zonas recreativas de Pinofranqueado, en el polígono 7 parcela 9002, a ubicar en el término municipal de Pinofranqueado, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Pinofranqueado. Expte.: IA23/1672.
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NÚMERO 136

35533

Lunes 15 de julio de 2024

Relación de Consultas

Respuestas recibidas

Adenex

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AMUS

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SEO-Bird/Life

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Asociación Ecologistas Extremadura

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Fundación Naturaleza y Hombre

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GREENPEACE

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El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas, se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de los siguiente:
Consultadas las bases de datos de esta Confederación, se encuentra el expediente de
referencia O-0367/2023, relativo al establecimiento de zona de baños en Pinofranqueado. Este expediente ha sido iniciado por solicitud presentada por el Ayuntamiento
de Pinofranqueado ante este Organismo de cuenca con fecha 1 de agosto de 2023 y,
actualmente, se encuentra en tramitación.
En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, las
actuaciones se encuentran en zonas de conservación de la biodiversidad de la Red Natura 2000, correspondientes al LIC “Río Esperabán- ES030_LICSES4320069”. Asimismo,
están dentro del área de captación de las zonas de abastecimiento “Casar de Palomero
- Los Ángeles– ES030ZCCM0000000436” y “CAP-1- ES030ZCCM0000003211”.
Además, la zona de baño del río de los Ángeles está considerada como zona protegida
de uso recreativo, e identificada con el código ES030_ZBANbaño_0051.
En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la zona de
actuación se sitúa sobre el río de los Ángeles y se encuentra cerca de otros cauces del
sistema de explotación “Alagón-ES030SEXP000000008”.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo a
Dominio Público Hidráulico, Zona de Servidumbre y Zona de Policía, según lo dispuesto
en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto re-