Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062372)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora en la ETAP de la Mancomunidad de los Cuatro Lugares para impulsar el ahorro, eficiencia y sostenibilidad de los recursos hídricos", en el término municipal de Talaván (Cáceres), cuyo promotor es el Servicio de Infraestructuras Hidráulicas. Expte.: IA23/1076.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

35494

— Si durante la realización de las actividades o durante la fase de funcionamiento se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies
Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001)
que pudiera verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por los técnicos de
la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de maquinaria o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales.
Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se evitará generar explanaciones se respetarán las zonas adyacentes
bien conservadas seleccionando preferentemente áreas degradadas. En cualquier caso,
se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados
mediante el aporte de tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.
— Respecto a la construcción de la línea eléctrica, de acuerdo con lo establecido en el Plan
de Recuperación de la Cigüeña Negra y con el fin de reducir la mortalidad por electrocución y colisión la línea eléctrica proyectada deberá ejecutarse de manera soterrada.
— Dada la cercanía de las obras a una zona crítica por concentración premigratoria de la
cigüeña negra, con el objetivo de eliminar las molestias a la especie, las obras se realizarán preferentemente fuera del periodo sensible para la especie, entre el 1 de agosto
y el 30 de septiembre.
— Para evitar las molestias a la grulla, durante la época de invernada (al menos entre el 1
de noviembre y el 1 de marzo) se evitarán las obras y el tránsito de maquinaria, desde
una hora antes de la puesta de sol, hasta una hora después de la salida.
— Se ejecutarán las medidas necesarias para conseguir la integración paisajística de todas
las actuaciones.
— Se llevará a cabo diariamente una revisión de las zonas de trabajo con objeto de rescatar pequeños vertebrados, y especialmente anfibios y reptiles que pudieran caer accidentalmente en alguna de las zanjas a realizar.
— Si bien no se encuentra contemplado en el proyecto la corta de ningún pie (destacar que
deben respetarse todos los pies arbolado autóctono (encinas, alcornoques, etc.). Será
incompatible la corta de árboles en los que haya nidos de especies del anexo I de la
Directiva Aves (cigüeñas, rapaces forestales, etc.). En el caso de ser necesario la corta
de algún pie arbóreo será preceptivo contar previamente con la autorización del Servicio
Forestal correspondiente.