Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2024AC0067)
Acuerdo de 2 de julio de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa a Reino Unido, para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 136
Lunes 15 de julio de 2024

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EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU

ACUERDO de 2 de julio de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza
la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa
a Reino Unido, para el ejercicio 2024. (2024AC0067)
Con fecha 11 de julio de 2023 se publica en el Diario Oficial de Extremadura la Orden de 6 de
julio de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
Estas ayudas tienen por finalidad mejorar y ampliar la promoción internacional de los productos y servicios de las pymes extremeñas, estableciendo un marco favorable para la participación del tejido empresarial extremeño en las diferentes acciones de promoción de forma
agrupada que se desarrollarán durante los próximos ejercicios.
El procedimiento de concesión de las ayudas previstas, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la citada orden, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, dentro
del límite de disponibilidad presupuestaria.
El órgano competente para la concesión de la ayuda será el Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, previa autorización de la Secretaría General
de Economía, Empresa y Comercio de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital de la Junta de Extremadura.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 6 de julio de 2023, la competencia
para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas corresponde al apoderado, o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes,
SLU.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada orden, la competencia la
concesión de las ayudas, la tiene la persona que ostente el cargo de la Consejería Delegada
de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta del apoderado.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las Bases Reguladoras
establecidas en la precitada orden.