Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Salud. Subvenciones. (2024040109)
Extracto del Decreto 57/2024, de 26 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para las obras o equipamiento de consultorios locales o de helisuperficies de titularidad o disponibilidad municipal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria en cada una de sus líneas (convocatoria de equipamiento de consultorios locales).
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NÚMERO 131

34833

Lunes 8 de julio de 2024

Cuarto. Cuantía.
El importe del crédito destinado a la convocatoria a la que se refiere el presente extracto
es doscientos setenta y cinco mil setecientos ochenta y nueve con noventa y nueve euros (275.789,99 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programa de financiación: 110020000/G/212A/76000/
CAG0000001/20090543, “Apoyo a la construcción y equipamiento de centros sanitarios”, presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
Esta cuantía podrá aumentarse hasta un 20% de la cuantía inicial, o de la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generación o incorporación de crédito,
o cuando se trate de créditos declarados ampliables. En todo caso, dicho aumento deberá
producirse antes de resolver la concesión de las subvenciones sin necesidad de una nueva
convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles a contar desde el día siguiente
al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) del
decreto de bases reguladoras y del presente extracto según se refiere el artículo 16.q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 1 de julio de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL

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