Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062299)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de rehabilitación de apartamento rural, cuya promotora es María del Rosario Cruz Casero, en el término municipal de Trujillo (Cáceres). Expte.: IA23/1520.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34649
se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse cuando se dé
alguna de las causas señaladas en el citado artículo.
— En cuanto al abastecimiento de aguas, se realizará mediante un pozo, indicando la Confederación Hidrográfica del Tajo que, para realizar el abastecimiento desde dicho pozo,
es necesario que el promotor solicite al Organismo de cuenca el correspondiente título
concesional mediante una solicitud de aprovechamientos de aguas. Una vez realizada
la solicitud, antes de su otorgamiento por parte de dicho Organismo, valorará si los
recursos existentes son compatibles con el Plan Hidrológico del Tajo en función de la
actividad que se pretende desarrollar y del caudal que se solicita. Por lo tanto, será en
ese momento en el cual la Confederación Hidrográfica del Tajo se pronuncie acerca de
este extremo.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007, de 19
de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en
lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
— El promotor debe solicitar ante el Organismo competente, el acondicionamiento del
acceso a la carretera EX-381 para el uso o actividad que plantea, toda vez que no se
encuentra pavimentado ni señalizado.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales,
así como establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo y acopios.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo interfiriendo en la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho de un cauce en el
caso de lluvia o escorrentía superficial.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la pérdida de suelo fértil.
— Tras las obras, retirar los residuos no biodegradables generados, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular.
Viernes 5 de julio de 2024
34649
se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse cuando se dé
alguna de las causas señaladas en el citado artículo.
— En cuanto al abastecimiento de aguas, se realizará mediante un pozo, indicando la Confederación Hidrográfica del Tajo que, para realizar el abastecimiento desde dicho pozo,
es necesario que el promotor solicite al Organismo de cuenca el correspondiente título
concesional mediante una solicitud de aprovechamientos de aguas. Una vez realizada
la solicitud, antes de su otorgamiento por parte de dicho Organismo, valorará si los
recursos existentes son compatibles con el Plan Hidrológico del Tajo en función de la
actividad que se pretende desarrollar y del caudal que se solicita. Por lo tanto, será en
ese momento en el cual la Confederación Hidrográfica del Tajo se pronuncie acerca de
este extremo.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007, de 19
de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en
lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
— El promotor debe solicitar ante el Organismo competente, el acondicionamiento del
acceso a la carretera EX-381 para el uso o actividad que plantea, toda vez que no se
encuentra pavimentado ni señalizado.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales,
así como establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo y acopios.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo interfiriendo en la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho de un cauce en el
caso de lluvia o escorrentía superficial.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la pérdida de suelo fértil.
— Tras las obras, retirar los residuos no biodegradables generados, los cuales serán gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos
y suelos contaminados para una economía circular.