Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Saneamiento Ganadero. Ayudas. (2024062235)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto de vaciado sanitario, correspondientes al ejercicio 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34603
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
A la presente justificación acompaña:
Copia de la guía de origen y sanidad pecuaria que amparó el traslado de los animales objeto de
solicitud de subvención hasta la explotación de destino.
Copias de las facturas de la compra o bien el documento acreditativo del arrendamiento con
opción de compra de los animales repuestos. Las facturas deberán justificarse obligatoriamente
mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y con su
correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria,
listados de movimientos en cuenta, documento de cargo en cuenta, etc.). En cualquier caso
siempre debe quedar acreditado el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y
la factura a que corresponde dicho pago.
En su caso, documentación que acredite la inscripción de los animales en los correspondientes
libros genealógicos.
INFORMACIÓN ADICIONAL:
Cláusulas protección de datos:
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente
incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido
en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
- Dirección: Avda. Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
- Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es
- Teléfono: 924002131
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Mejorar la productividad de la explotación ganadera, y con ello aumentar su rentabilidad económica dentro del
marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina,
brucelosis ovina y caprina, lengua azul o encefalopatías espongiformes transmisibles, en territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas
nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina,
lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles. (B.O.E. Nº 50, DE 27-02-2015); Real Decreto 904/2017,
de 13 de octubre, por el que se modifican las normas de indemnizaciones y subvenciones estatales en materia de
sanidad animal en los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis
bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
(B.O.E. Nº 248, de 14-10-2017); Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE Nº 59, 25 marzo 2011); Orden de 2 de noviembre de 2022, de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la
repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
objeto de vaciado sanitario (D.O.E. Nº 219, de 15-11-2022); RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para
determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
Titulares de explotaciones ganaderas.
Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el
previo consentimiento la persona interesada, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o
Viernes 5 de julio de 2024
34603
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
A la presente justificación acompaña:
Copia de la guía de origen y sanidad pecuaria que amparó el traslado de los animales objeto de
solicitud de subvención hasta la explotación de destino.
Copias de las facturas de la compra o bien el documento acreditativo del arrendamiento con
opción de compra de los animales repuestos. Las facturas deberán justificarse obligatoriamente
mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y con su
correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria,
listados de movimientos en cuenta, documento de cargo en cuenta, etc.). En cualquier caso
siempre debe quedar acreditado el sujeto que paga la factura, el proveedor, el importe pagado y
la factura a que corresponde dicho pago.
En su caso, documentación que acredite la inscripción de los animales en los correspondientes
libros genealógicos.
INFORMACIÓN ADICIONAL:
Cláusulas protección de datos:
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente
incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido
en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y la Ley Orgánica Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
- Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
- Dirección: Avda. Luís Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
- Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es
- Teléfono: 924002131
- Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Mejorar la productividad de la explotación ganadera, y con ello aumentar su rentabilidad económica dentro del
marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina,
brucelosis ovina y caprina, lengua azul o encefalopatías espongiformes transmisibles, en territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
Real Decreto 82/2015, de 13 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario en el marco de los programas
nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina,
lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles. (B.O.E. Nº 50, DE 27-02-2015); Real Decreto 904/2017,
de 13 de octubre, por el que se modifican las normas de indemnizaciones y subvenciones estatales en materia de
sanidad animal en los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis
bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
(B.O.E. Nº 248, de 14-10-2017); Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE Nº 59, 25 marzo 2011); Orden de 2 de noviembre de 2022, de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la
repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
objeto de vaciado sanitario (D.O.E. Nº 219, de 15-11-2022); RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el
cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para
determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Destinatarios a los que se comunicarán sus datos:
Podrán ser comunicados a:
Titulares de explotaciones ganaderas.
Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el
previo consentimiento la persona interesada, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o