Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024

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A) Almacenamiento de energía eléctrica.
B) Hidrógeno y potencia a-X.
C) Almacenamiento de energía térmica.
Artículo 2. Características de las ayudas.
1. L
 a finalidad de las ayudas será la realización de tareas de investigación, orientadas a mejorar el potencial creativo e innovador del personal investigador posdoctoral, mediante un
elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional a través de la formación
avanzada y movilidad internacional, interdisciplinar e intersectorial, que conduzca a la consolidación de su experiencia profesional.
2. L
 a duración del contrato será de 3 años, y tendrá por objeto proseguir el desarrollo de la
carrera investigadora mediante su movilidad a los centros de los agentes SECTI beneficiarios para realizar actividades de I+D+I en las líneas establecidas en el anexo I de las
presentes bases reguladoras.
3. E
 l personal investigador posdoctoral será contratado bajo la modalidad de contrato de
acceso de personal investigador doctor, según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley
17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación, a jornada completa con una duración determinada
por un máximo de 3 años, a contar desde la fecha de inicio del contrato.
En el supuesto de que el personal investigador posdoctoral hubiera estado previamente
contratado bajo esta modalidad o la extinta modalidad de contrato de acceso al Sistema
Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cómputo total de todos los contratos suscritos, incluido el de esta ayuda, en la misma o distinta entidad, no podrá ser superior a 6
años, incluyendo las posibles prórrogas, salvo las personas que concurran por el turno de
personas con discapacidad que no podrá ser superior a 8 años.
No se podrán suscribir contratos por un periodo inferior a 24 meses. En caso de disfrute
de un contrato similar previo se procederá a la revocación parcial de la ayuda proporcional
al tiempo de duración del contrato disfrutado, siempre que dicho periodo no sea superior
a 12 meses.
En el caso de que el personal investigador posdoctoral candidato o candidata haya disfrutado de un contrato superior a 12 meses a fecha de presentación de la solicitud, no podrá
concurrir a las presentes ayudas y su solicitud será desestimada mediante resolución.
Por otro lado, el tiempo de permanencia en el contrato o concesión de cualquier tipo de