Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024040073)
Decreto 43/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del Proyecto 101128265-Talent4Iberia destinadas a la incorporación de personal investigador posdoctoral para la realización de actividades de I+D+i en el ámbito del almacenamiento de energía en el marco del Programa Horizonte Europa Acciones Marie Sklodowska Curie (MSCA) 2022 COFUND 01 y se aprueba la única convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 130
Viernes 5 de julio de 2024
34497
2. L
a acreditación de los méritos recogidos en el CVN se realizará a través de una declaración
responsable del personal investigador posdoctoral candidato, adjunta a la solicitud de la
ayuda.
Artículo 7. Presentación de las solicitudes. Procedimiento y plazo.
1. El formulario de solicitud de la ayuda (código CIP 6855) estará disponible en la página web
https://secti-idi.juntaex.es, a través del punto de acceso al Proyecto 101128265 Talent4Iberia, según el anexo IV de este decreto. Dicho formulario deberá ser cumplimentado
por el personal investigador posdoctoral candidato y la persona representante del agente
SECTI solicitante.
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y adjuntada la documentación que la
acompaña, según el artículo 8 de este decreto, se generará el PDF de la solicitud. El documento de solicitud generado deberá ser firmado por la persona representante del agente
SECTI y presentado en cualquier registro válido, según lo dispuesto en el 16.4 de la Ley
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante,
LPACAP), para que sea válida su presentación ante la Administración.
2. El plazo de presentación de solicitudes y la documentación que deberá acompañarlas será
de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria
en el DOE (https://doe.juntaex.es/).
3. El personal investigador posdoctoral candidato solo podrá concurrir con la presentación de
una única solicitud para realizar su actividad investigadora con un agente SECTI. En caso
de presentarse más de una solicitud por una misma persona candidata, sólo será válida la
última presentada.
4. En el caso de discrepancias entre los datos indicados en la solicitud y la documentación
aportada, a efectos de su validez, se tendrán en cuenta los datos contenidos en la documentación de acreditación.
5. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación a terceros
de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de los datos con
fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos Personales y garantías de los derechos digitales y en el
Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
6. La presentación de la solicitud producirá los siguientes efectos:
a) Supondrá el conocimiento y aceptación del contenido de las presentes bases reguladoras.
Viernes 5 de julio de 2024
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2. L
a acreditación de los méritos recogidos en el CVN se realizará a través de una declaración
responsable del personal investigador posdoctoral candidato, adjunta a la solicitud de la
ayuda.
Artículo 7. Presentación de las solicitudes. Procedimiento y plazo.
1. El formulario de solicitud de la ayuda (código CIP 6855) estará disponible en la página web
https://secti-idi.juntaex.es, a través del punto de acceso al Proyecto 101128265 Talent4Iberia, según el anexo IV de este decreto. Dicho formulario deberá ser cumplimentado
por el personal investigador posdoctoral candidato y la persona representante del agente
SECTI solicitante.
Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y adjuntada la documentación que la
acompaña, según el artículo 8 de este decreto, se generará el PDF de la solicitud. El documento de solicitud generado deberá ser firmado por la persona representante del agente
SECTI y presentado en cualquier registro válido, según lo dispuesto en el 16.4 de la Ley
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante,
LPACAP), para que sea válida su presentación ante la Administración.
2. El plazo de presentación de solicitudes y la documentación que deberá acompañarlas será
de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria
en el DOE (https://doe.juntaex.es/).
3. El personal investigador posdoctoral candidato solo podrá concurrir con la presentación de
una única solicitud para realizar su actividad investigadora con un agente SECTI. En caso
de presentarse más de una solicitud por una misma persona candidata, sólo será válida la
última presentada.
4. En el caso de discrepancias entre los datos indicados en la solicitud y la documentación
aportada, a efectos de su validez, se tendrán en cuenta los datos contenidos en la documentación de acreditación.
5. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación a terceros
de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de los datos con
fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos Personales y garantías de los derechos digitales y en el
Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016.
6. La presentación de la solicitud producirá los siguientes efectos:
a) Supondrá el conocimiento y aceptación del contenido de las presentes bases reguladoras.