Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062264)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU: Desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024

34031

• La difusión de las ventajas de la incorporación de la tecnología TIC en las empresas.
• La organización de actividades en las que las empresas TIC puedan dar a conocer productos y servicios innovadores.
• El impulso a iniciativas intrasectoriales del ámbito TIC que favorezcan la vertebración del
tejido empresarial TIC de Extremadura.
• La difusión de los valores propios de las “Smart Technologies” e Industria 4.0 como motor
de cambio e innovación empresarial.
• La organización del “X Foro Small Smart Cities”, y la recopilación de todas aquellas iniciativas Smart Cities que se realicen en la región.
• Se ampliará el catálogo de iniciativas del CDTIC realizando el despliegue y reviews de
dispositivos que usen la red LoraWan extremeña desplegada por el CDTIC en años anteriores.
• Como novedades este año se va a apostar la ciberseguridad, los Gemelos digitales y la
IA generativa.
• La organización de actividades para propiciar el emprendimiento de iniciativas
público-privadas que favorezcan la inclusión de las nuevas tecnologías en los procesos
productivos de las empresas y de prestación de servicios a los ciudadanos.
Segunda. Actividades a realizar por FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU.
La sociedad FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, con cargo a esta transferencia específica,
realizará las actuaciones previstas en el correspondiente Anexo I del presente convenio.
No obstante, lo anterior, podrán producirse desviaciones entre las actividades previstas en
esta transferencia específica, siempre con el límite del importe global de la mis­ma.
En relación con lo anterior será necesaria la formalización de adendas cuando las actuaciones
finalmente ejecutadas difieran de las contenidas en la memoria de actividades del Anexo I.
La ejecución de las actuaciones por parte de la sociedad que estén financiadas con cargo a
esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Así, FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, ha realizado y continuará realizando las actuaciones de coordinación, organización y gestión integral de todos los programas y actuaciones