Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062264)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU: Desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2024.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024
34066
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D. .......................................... con DNI………....................….. y actuando en calidad de
Administrador Único de FEVAL-Gestión de Servicios SLU, con C.I.F n.º B06574271, certifica:
• Que los gastos indicados en el Anexo I de memoria de las actividades se corresponden con las actividades recogidas en el convenio de la aportación económica a favor
de la sociedad mercantil FEVAL-Gestión de Servicios SLU, para financiar la realización
del proyecto “4032 FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS SLU DESARROLLO DE PROYECTOS
TIC-CDTIC” cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el
segundo semestre del ejercicio 2024.
• Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo II presupuesto de
las actividades, firmado por el Liquidador Único de la sociedad mercantil FEVAL-Gestión
de Servicios SLU se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios
para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se refieren dichos
importes, se encuentran en poder de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, a disposición de
la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea.
• Que se han llevado a cabo las actuaciones de acuerdo con las normas nacionales y comunitarias establecidas al efecto, y muy especialmente, las referidas a información y publicidad establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados. Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos
estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de
3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta
de Extremadura.
• Que, en los gastos indicados en el Anexo I acogidos a la transferencia específica que se
formaliza por el convenio de colaboración existe un sistema de contabilidad separada,
mediante un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacio-
Jueves 4 de julio de 2024
34066
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D. .......................................... con DNI………....................….. y actuando en calidad de
Administrador Único de FEVAL-Gestión de Servicios SLU, con C.I.F n.º B06574271, certifica:
• Que los gastos indicados en el Anexo I de memoria de las actividades se corresponden con las actividades recogidas en el convenio de la aportación económica a favor
de la sociedad mercantil FEVAL-Gestión de Servicios SLU, para financiar la realización
del proyecto “4032 FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS SLU DESARROLLO DE PROYECTOS
TIC-CDTIC” cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el
segundo semestre del ejercicio 2024.
• Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo II presupuesto de
las actividades, firmado por el Liquidador Único de la sociedad mercantil FEVAL-Gestión
de Servicios SLU se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios
para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se refieren dichos
importes, se encuentran en poder de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, a disposición de
la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea.
• Que se han llevado a cabo las actuaciones de acuerdo con las normas nacionales y comunitarias establecidas al efecto, y muy especialmente, las referidas a información y publicidad establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados. Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos
estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de
3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta
de Extremadura.
• Que, en los gastos indicados en el Anexo I acogidos a la transferencia específica que se
formaliza por el convenio de colaboración existe un sistema de contabilidad separada,
mediante un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacio-