Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Elección De Plazas. (2024062308)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se ofertan puestos a los efectos de formalización de los contratos de trabajo a los/as aspirantes que, sin figurar en la relación de aprobados en las listas definitivas, han superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 16 de diciembre de 2021, para el acceso a puestos vacantes de los Grupos IV y V de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024
33922
1. Los/as aspirantes, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada
puesto en las relaciones de puestos de trabajos, serán llamados atendiendo al orden de
puntuación total obtenida en las pruebas selectivas.
2. Cada aspirante será llamado hasta un máximo de tres veces, quedando relegados a elegir
puesto al final del acto quienes no atendieron a dicho llamamiento.
3. Cada aspirante hará elección de puesto ante la Comisión indicando el número de control
del mismo, así como la localidad donde está ubicado, exhibiendo en este momento el documento que acredita su personalidad. Cuando el puesto elegido esté identificado en los
anexos con la clave THM, acrónimo de trato habitual con menores, el/la aspirante deberá
aportar en el mismo acto certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor o
conceda autorización a esta Administración para recabar el referido certificado. En caso de
optar por la referida autorización se remitirá modelo que figura en el anexo V a la siguiente
dirección oposiciones@juntaex.es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación
de esta resolución o presentarla en el acto de elección. Enviada la autorización con antelación, deberá aportar el original de dicho anexo en el acto de elección de puestos.
Por la Comisión se comunicará en voz alta al resto de los/as interesados/as el puesto elegido por cada uno de los/as aspirantes antes de ser llamado el siguiente.
Sexto. Una vez finalizado el proceso de elección de puestos y a la vista de su resultado, que
se hará público en el Diario Oficial de Extremadura, se formalizarán por esta Consejería los
correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción
en el Registro General de Personal.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración de un mes. No estando
sujetos al periodo de prueba aquellos/as que hayan desempeñado las mismas funciones en
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo cualquier modalidad de
contratación.
En el caso de que el puesto estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los 64
años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) a fecha de efectos de cese y de
toma de posesión señalados anteriormente se fijaran a partir de la fecha de terminación del
contrato temporal.
Jueves 4 de julio de 2024
33922
1. Los/as aspirantes, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada
puesto en las relaciones de puestos de trabajos, serán llamados atendiendo al orden de
puntuación total obtenida en las pruebas selectivas.
2. Cada aspirante será llamado hasta un máximo de tres veces, quedando relegados a elegir
puesto al final del acto quienes no atendieron a dicho llamamiento.
3. Cada aspirante hará elección de puesto ante la Comisión indicando el número de control
del mismo, así como la localidad donde está ubicado, exhibiendo en este momento el documento que acredita su personalidad. Cuando el puesto elegido esté identificado en los
anexos con la clave THM, acrónimo de trato habitual con menores, el/la aspirante deberá
aportar en el mismo acto certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor o
conceda autorización a esta Administración para recabar el referido certificado. En caso de
optar por la referida autorización se remitirá modelo que figura en el anexo V a la siguiente
dirección oposiciones@juntaex.es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación
de esta resolución o presentarla en el acto de elección. Enviada la autorización con antelación, deberá aportar el original de dicho anexo en el acto de elección de puestos.
Por la Comisión se comunicará en voz alta al resto de los/as interesados/as el puesto elegido por cada uno de los/as aspirantes antes de ser llamado el siguiente.
Sexto. Una vez finalizado el proceso de elección de puestos y a la vista de su resultado, que
se hará público en el Diario Oficial de Extremadura, se formalizarán por esta Consejería los
correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción
en el Registro General de Personal.
En los contratos se establecerá un periodo de prueba con una duración de un mes. No estando
sujetos al periodo de prueba aquellos/as que hayan desempeñado las mismas funciones en
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, bajo cualquier modalidad de
contratación.
En el caso de que el puesto estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los 64
años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) a fecha de efectos de cese y de
toma de posesión señalados anteriormente se fijaran a partir de la fecha de terminación del
contrato temporal.