Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040088)
Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024
33817
Artículo 3. Financiación.
1. L
as subvenciones previstas en el presente decreto serán financiadas con cargo a los créditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejería competente en materia de
empleo de la Junta de Extremadura, pudiendo financiarse, en su caso, con cargo a fondos
estatales.
Asimismo, la Línea II a que se refiere el artículo 1.2.b) del presente decreto podrá ser
cofinanciada con el Fondo Social Europeo + con cargo al Programa Extremadura FSE +
2021-2027, Objetivo político 4 “Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales”, dentro de la prioridad 1 “Empleo, adaptabilidad emprendimiento y economía social”, Objetivo específico “Mejorar el acceso al
empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular
de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil,
de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral,
y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”, Medida 1.A.15 “Incentivos a la contratación en la modalidad de
aprendizaje participantes las Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura” o
dentro de la prioridad 5 “Empleo juvenil”, Objetivo específico “Mejorar el acceso al empleo
y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las
personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los
desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de
las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la
economía social”, Medida 5.A.5 “Incentivos a la contratación en la modalidad de aprendizaje para participantes las Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura”.
2. La concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de dotación presupuestaria para dicho fin, pudiéndose adquirir compromisos de carácter plurianual de acuerdo
con lo previsto en la normativa aplicable en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. L
as entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente decreto, cuyas
ayudas sean cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, aparecerán en el sitio web
previsto en el artículo 49.3 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo,
Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visado.
Jueves 4 de julio de 2024
33817
Artículo 3. Financiación.
1. L
as subvenciones previstas en el presente decreto serán financiadas con cargo a los créditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejería competente en materia de
empleo de la Junta de Extremadura, pudiendo financiarse, en su caso, con cargo a fondos
estatales.
Asimismo, la Línea II a que se refiere el artículo 1.2.b) del presente decreto podrá ser
cofinanciada con el Fondo Social Europeo + con cargo al Programa Extremadura FSE +
2021-2027, Objetivo político 4 “Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales”, dentro de la prioridad 1 “Empleo, adaptabilidad emprendimiento y economía social”, Objetivo específico “Mejorar el acceso al
empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular
de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil,
de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral,
y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”, Medida 1.A.15 “Incentivos a la contratación en la modalidad de
aprendizaje participantes las Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura” o
dentro de la prioridad 5 “Empleo juvenil”, Objetivo específico “Mejorar el acceso al empleo
y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las
personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los
desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de
las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la
economía social”, Medida 5.A.5 “Incentivos a la contratación en la modalidad de aprendizaje para participantes las Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura”.
2. La concesión de las subvenciones está condicionada a la existencia de dotación presupuestaria para dicho fin, pudiéndose adquirir compromisos de carácter plurianual de acuerdo
con lo previsto en la normativa aplicable en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. L
as entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en el presente decreto, cuyas
ayudas sean cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, aparecerán en el sitio web
previsto en el artículo 49.3 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo,
Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visado.