Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040088)
Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024

33814

La tramitación de las presentes bases reguladoras se ha realizado conforme al capítulo VII
”Medidas de agilización de las subvenciones financiables con fondos europeos” del Decretoley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La tramitación de estas ayudas será telemática, la solicitud se presentará a través del punto
de acceso general electrónico de los servicios y trámites, las personas solicitantes y/o sus
representantes se identificarán mediante certificado digital y las comunicaciones entre las
entidades que soliciten las ayudas y el órgano gestor se realizarán a través de medios electrónicos. Se considera que las personas trabajadoras autónomas que solicitan las ayudas de la
Línea II, aun siendo personas físicas, en su condición de empresariado que realizan contrataciones de personas trabajadoras para que presten servicios en sus negocios, tienen capacidad
económica y técnica para relacionarse electrónicamente con el órgano gestor de las ayudas.
La Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura contempla en su artículo 73, políticas activas de empleo que, entre otras cosas,
promoverán la incorporación al mercado laboral de los jóvenes y las mujeres. Este programa
contribuye a la Estrategia ante el Reto Demográfico y Territorial de Extremadura, aprobada
por el Decreto 32/2022, de 30 de marzo, dentro de la Línea estratégica 3.1 Impulso a la
educación y a la formación, medidas 124 “Recuperar y potenciar los recursos locales para favorecer el emprendimiento y las salidas laborales, mediante una mayor diversificación de los
talleres ocupacionales, en consonancia con el entorno rural y las iniciativas y programas para
su promoción y desarrollo” y 132 Desarrollar acciones formativas en el medio rural conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad vinculados a las diferentes necesidades
y potencialidades territoriales.
El decreto regula dos líneas de ayuda, la Línea I, destinada a entidades promotoras de los
proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y la Línea II, está dirigida a empresas privadas para la contratación de
personas participantes en los proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA que hayan obtenido evaluación positiva. Dada la naturaleza de esta ayuda se tramitará en régimen
de concesión directa, mediante convocatoria abierta, no procediendo la concurrencia entre
las entidades beneficiarias, ya que los compromisos de contratación van relacionados con
proyectos previamente aprobados para mejorar las posibilidades de inserción de las personas
desempleadas, concediéndose la subvención siempre que las empresas donde se realicen
cumplan los requisitos establecidos en el presente decreto.
Esta disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.