Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062199)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2024 a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación ASPEX".
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NÚMERO 127

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Martes 2 de julio de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO
SOCIAL, Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, POR EL QUE SE CANALIZA LA
SUBVENCIÓN NOMINATIVA PREVISTA EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA PARA EL AÑO 2024 A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD
DE EXTREMADURA, “FORMACIÓN ASPEX”.
13 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Don Fernando Jesús Manzano Pedrera, Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 108/2023, de 2 de agosto (DOE núm. 149, de 3 de agosto de
2023), en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo) y actuando, asimismo,
en el ejercicio de las competencias atribuidas por Resolución de 3 de octubre de 2023, de
la Secretaría General, por la que se delegan el ejercicio de determinadas competencias, así
como la firma de resoluciones y actos (DOE núm. 194, de 9 octubre).
De otra parte, Don Pedro María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de
Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre,
(D.O.E núm. 9 de 13 de enero de 2023), actuando en nombre y representación de la misma,
con plena capacidad legal de acuerdo con el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 91
de los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados mediante Decreto 65/2003, de
8 de mayo (DOE núm.149, de 23 de junio de 2003).
Se reconocen ambas partes con capacidad legal suficiente y poder bastante para formalizar
el presente convenio y,
MANIFIESTAN
Primero. El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por la
Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su apartado 41, la competencia exclusiva en materia de coordinación y
demás facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales.
Por su parte, la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura,
en su artículo 5.1 r) incluye, entre las funciones que realizará la Junta de Extremadura: “promover