Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062196)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la entidad Cruz Roja Extremadura por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 a favor de Cruz Roja para financiar el Proyecto "Convenio Junta Extremadura-Cruz Roja 112".
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NÚMERO 127

33299

Martes 2 de julio de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO
SOCIAL Y LA ENTIDAD CRUZ ROJA EXTREMADURA POR EL QUE SE CANALIZA
LA SUBVENCIÓN NOMINATIVA PREVISTA EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2024 A
FAVOR DE CRUZ ROJA PARA FINANCIAR EL PROYECTO “CONVENIO JUNTA
EXTREMADURA-CRUZ ROJA-112”.
REUNIDOS:
De una parte, D. Fernando Jesús Manzano Pedrera, Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil, en virtud del Decreto 108/2023, de 2 de agosto, por el que se dispone
su nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de 3 de octubre de 2023 de la
Secretaría General (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), por la que se delega el ejercicio
de determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, dictada conforme
a lo previsto en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. Jesús Palo Tiburcio, presidente del Comité Autonómico de Cruz Roja Española en Extremadura, en virtud del nombramiento de 13 de mayo de 2019 suscrito por el
Presidente de Cruz Roja Española, y con poderes suficientes de representación, según apoderamiento notarial n.º 62, de 12 de enero de 2022 otorgado por Cruz Roja Española. Las
partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que
respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente
convenio y en orden al mismo,
MANIFIESTAN:
Primero. La Constitución Española, en su artículo 15, recoge el derecho a la vida y a la integridad física de las personas como el primero y más importante de los derechos fundamentales y, en su artículo 9.2. establece la obligación de los poderes públicos de promover las
condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra
sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar
la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. En su
artículo 30.4 la Constitución establece que mediante ley podrán regularse los deberes de la
ciudadanía en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1.44 establece que corresponde a la Comunidad
Autónoma la competencia exclusiva en materia de “protección civil y emergencias”.
La Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social tiene atribuidas por Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de