Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062237)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada al proyecto de explotación porcina con planta de compostaje, titularidad de Hermanos Arroyo Zapata, SL, en el término municipal de Puebla de Sancho Pérez, provincia de Badajoz.
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NÚMERO 127
Martes 2 de julio de 2024
33397
aplicaciones se fraccionarán de forma que no se superen los 45 kg N/ha por aplicación en
secano y los 85 kg N/ha en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta, tanto las aportaciones de estiércoles de porcino, como otros aportes de nitrógeno en la finca.
No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores al 10%,
ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo amenace
lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo
para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo inferior a 24 horas.
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
6. La plata de compostaje recepcionará únicamente purines y estiércoles provenientes de la
propia explotación porcina y serán mezclados con restos vegetales.
7. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
8. La capacidad de producción de la instalación viene limitada por la capacidad de las pilas
de compostaje.
9. Las pilas de compostaje, construidos con solera de hormigón, ocuparan una superficie de
1.511 m2. La superficie donde se realice este proceso deberá disponer de solera impermeable con canalización a fosa o balsa de lixiviados.
10. La planta de compostaje dispondrá de una balda de 150 m3 impermeabilizada con lámina
PEAD, que recogerá los lixiviados de las pilas de compostaje.
11. El residuo podrá ser admitido en la instalación si está contemplado en la presente autorización y se ha verificado su procedencia.
12. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular,
las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por el
viento o cualquier otra pérdida de residuo.
Martes 2 de julio de 2024
33397
aplicaciones se fraccionarán de forma que no se superen los 45 kg N/ha por aplicación en
secano y los 85 kg N/ha en regadío. Para los cálculos se tendrán en cuenta, tanto las aportaciones de estiércoles de porcino, como otros aportes de nitrógeno en la finca.
No se harán aplicaciones sobre suelo desnudo, se buscarán los momentos de máxima necesidad del cultivo, no se realizarán aplicaciones en suelos con pendientes superiores al 10%,
ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar ni cuando el tiempo amenace
lluvia. No se aplicará de forma que causen olores u otras molestias a los vecinos, debiendo
para ello enterrarse, si el estado del cultivo lo permite, en un periodo inferior a 24 horas.
Se dejará una franja de 100 m de ancho sin abonar alrededor de todos los cursos de agua,
no se aplicarán a menos de 300 m de una fuente, pozo o perforación que suministre agua
para el consumo humano, ni tampoco si dicha agua se utiliza en naves de ordeño. La distancia mínima para la aplicación sobre el terreno, respecto de núcleos de población será de
1.000 metros y de 200 respecto a otras explotaciones ganaderas.
6. La plata de compostaje recepcionará únicamente purines y estiércoles provenientes de la
propia explotación porcina y serán mezclados con restos vegetales.
7. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
8. La capacidad de producción de la instalación viene limitada por la capacidad de las pilas
de compostaje.
9. Las pilas de compostaje, construidos con solera de hormigón, ocuparan una superficie de
1.511 m2. La superficie donde se realice este proceso deberá disponer de solera impermeable con canalización a fosa o balsa de lixiviados.
10. La planta de compostaje dispondrá de una balda de 150 m3 impermeabilizada con lámina
PEAD, que recogerá los lixiviados de las pilas de compostaje.
11. El residuo podrá ser admitido en la instalación si está contemplado en la presente autorización y se ha verificado su procedencia.
12. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular,
las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por el
viento o cualquier otra pérdida de residuo.